Los tricomas glandulares en Cannabis sativa

Los tricomas glandulares en Cannabis sativa

El THC se sintetiza en las glándulas de resina, unas células especializadas que segregan una mezcla de resinas, aceites esenciales y cannabinoides (THC, CBD, CBDA, CBN, etc.). Estas glándulas de resina que recubren a modo de pelos la superficie de las flores (cogollos) y hojas pequeñas, se llaman tricomas glandulares.

Durante las últimas semanas de vida, el Cannabis sativa empieza a segregar THC. Cuando los tricomas están llenos la planta deja de segregar más THC y éste va desapareciendo lentamente, degradándose en CBN. Una planta con más concentración de THC y menos de CBN y CBD será más psicoactiva, en cambio una planta con mayor concentración de CBN y CBD será más narcótica, más calmante.

Las rutas biosintéticas de los cannabinoides en la planta se han logrado establecer muy recientemente. Dichas rutas comienzan desde terpenos precursores como el isopreno y el ácido mevalónico, seguida por la combinación del ácido olivetólico y el geranil pirofosfato. La unión de estos dos compuestos forman la molécula cannabinoide precursora básica, el ácido cannabigerólico (CBGA), que se convierte a ácido cannabigerólico monometil éter (CBGAM) y al ácido hidroxicannabigerólico (hidroxi-CBGA). Durante la transición de estos compuestos, se generan los ácidos cannabicroménico (CBCA) y los ácidos cannabidiólico (CBDA) y tetrahidrocannabinólico (THCA).

Hasta hace muy poco tiempo se pensaba, de forma errónea, que el ácido cannabidiólico (CBDA), se ciclaba a ácido tetrahidrocannabinólico (THCA), significando que si no había transformación o bien ésta era escasa, del ácido cannabidiólico (CBDA) al ácido d-9-tetrahidrodannabinólico (THCA), habría poco o ningún THC en las plantas y mucho CBD. Recordemos que el THC se forma por la eliminación (descarboxilación) del grupo ácido (COOH) del THCA. En 1997, el Profesor de farmacobotánica, Yukihiro Shoyama de la Universidad Kyushu de Japón, estableció al fin, científica y claramente la ruta biosintética de los cannabinoides, al lograr aislar las enzimas sintasas del THCA, CBDA y CBCA. Este descubrimiento reveló que “los caminos biosintéticos del cannabinoide precursor CBGA (Acido Cannabigerólico) a CBDA, THCA y CBCA, existen cada uno independientemente”. Este hallazgo tira por tierra las consideraciones de investigaciones anteriores en las que se afirmaba que era necesaria para la biosíntesis del THC, la formación del cannabinoide CBDA para luego ciclarse a THCA. De ahí la importancia de la capacidad biosintética de cada planta para poder sintetizar la enzima específica para desarrollar el THCA. Si una variedad no tiene la capacidad genética de fabricar cantidades importantes de “sintasa THCA”, no tendrá un potencial adecuado como semental productor de THC».

Rutas biosinteticas THC

El descubrimiento de las nuevas rutas biosintéticas del CBD y THC, enmarcan un nuevo panorama para el estudio de la producción de cannabinoides endógenos en las plantas. Cuando la actividad de esta enzima se encuentra impedida, los niveles de THC decrecen y favorece el de otros cannabinoides y productos de segundo orden.

Las características microscópicas para la identificación positiva de Cannabis sativa

Cannabis sativa puede ser identificada por unas estructuras microscópicas que se desarrollan en la superficie de la planta llamadas tricomas. Los tricomas o pelos vegetales son apéndices de la epidermis de las plantas. Las funciones que desempeñan son variadas: absorción de agua, regulación de la temperatura, dispersión de semillas y frutos, protección contra agentes abrasivos y percepción de estímulos. Los tricomas glandulares además, eliminan compuestos pegajosos que atrapan a los insectos o sustancias tóxicas que los irritan, matan o modifican su comportamiento.

Hay dos tipos principales de tricomas y se pueden observar con un microscopio binocular:

A) Tricomas no glandulares: son numerosos, unicelulares, pelos rígidos y curvos, con ápice agudo delgado, de base abultada:

  • Tricomas de Cannabis sativa cistolísticos; situados en la superficie superior de la hojas de Cannabis sativa tienen forma de garra y puede tener cristales (cistolitos) de carbonato de calcio visibles en sus bases. Con frecuencia, los tricomas se rompen liberando el cálculo vesical.
  • Tricomas de Cannabis sativa no cistolísticos, se producen principalmente en la parte inferior de las hojas, brácteas y bracteolas y carecen de la base ampliada.
  • La presencia simultánea Tricomas cistolísticos en la superficie superior y de Tricomas no cistolísticos en la parte inferior superficie de las hojas es una característica de Cannabis sativa.

B)  Tricomas glandulares: Se producen como:

  • Glándulas sésiles, es decir, tricomas sin tallo, que se encuentran generalmente en la epidermis inferior;
  • Tricomas glandulares con tallos pluricelulares. Tallos largos pluricelulares situados en las bracteolas que rodean las flores femeninas.

Los tricomas glandulares son las estructuras donde se produce y almacena la resina de Cannabis sativa. Estos están principalmente asociados con las estructuras de las flores, pero también se puede encontrar en la parte inferior de las hojas y, ocasionalmente, en los tallos de las plantas jóvenes.

Algunas plantas presentan tricomas que se pueden confundir con los presentes sobre el Cannabis sativa  sativa y se debe tener cuidado en la identificación definitiva. Sin embargo, la combinación de pelos cistolísticos en la superficie superior de las hojas y de tricomas y glándulas sésiles  en la superficie inferior, que es exclusivo de Cannabis sativa, lo cual permite la identificación positiva de material, incluso fragmentado.

Cabe señalar, sin embargo, que las plántulas muy inmaduras y en tallos sin hojas adjuntas no podría ser definitivamente identificadas como Cannabis sativa.

Para más detalles sobre la identificación de Cannabis sativa y de técnicas de microscopía más sofisticadas, se puede consultar la siguiente bibliografía.

Jackson, B.P. and Snowdon, D.W. (1968), Powdered Vegetable Drugs, J&A Churchill Ltd., London
Dayanandan, P. and Kaufman, P.B. (1976), Trichomes of Cannabis sativa L. (Cannabaceae), Amer. J. Bot. 63(5), 578-591
Hammond, C.T. and Mahlberg, P.G. (1973), Morphology of glandular hairs of Cannabis sativa from scanning electron microscopy, Amer J. Bot., 60(6) 524-528
Segelman, A.B. et al. (1973), J. Pharm. Sci., Vol 62, Issue 3, 515-516

Las caracteristicas macroscopicas de Cannabis sativa

Las caracteristicas macroscopicas de Cannabis sativa

Las características morfológicas y el color de plantas de Cannabis sativa se ven influidas por la variedad, así como por factores ambientales tales como la luz, el agua, los nutrientes y el espacio.

Como planta dioica, las flores de las plantas individuales son unisexuales, tiene flores masculinas y flores femeninas, también suele haber plantas masculinas y femeninas, aunque también se dan casos con plantas que tiene flores de ambos sexos, por otro lado a menudo, las flores femeninas son de transición y las flores del sexo opuesto se desarrollan más tarde.

Las plantas masculinas suelen ser más altas pero menos robustas que las plantas hembra.

Tallo de Cannabis sativa

Los tallos son de color verde, erectos, huecos y con ranuras longitudinales. Pueden variar desde 0,2 hasta 6 m., aunque la mayoría de las plantas alcanzan alturas de 1-3 m.

El grado de ramificación, como altura de la planta, depende del medio ambiente y de la herencia genética, así como del método de cultivo.

Las ramas laterales varían de opuestas a alternadas en cualquier parte del tallo principal.

La disposición de las hojas cambia según la posición en la planta en la que se encuentran. Los pecíolos, sección que unen las hojas a las ramas son de 2 a 7 cm de largo con una estrecha ranura a lo largo de la parte superior.

Hojas de Cannabis sativa

La hoja es palmeada y se compone de 3-9 folíolos lanceolados de 3-15cm. x 0,2-1,7 cm. Los los márgenes son dentados, los dientes apuntando hacia las puntas, las nervaduras van desde la parte central hasta las puntas de los dientes. La parte inferior de la hoja, el envés, es una superficie de color verde pálido con glándulas resinosas dispersas, de color blanco a marrón amarillento.

Cada flor estaminada (masculinas) se compone de cinco sépalos (cubierta exterior peluda) de color blanco-verde de aproximadamente 2,5-4 mm de largo, con cinco estambres de los cuales cuelgan de filamentos delgados las anteras.

Las flores femeninas (pistiladas) están muy unidas a la planta y se propagan en pares, la flor tiene una bráctea verde pequeña que encierra el ovario con dos estigmas largos y delgados con una proyección muy por encima de las brácteas.

Fruto de Cannabis sativa

El fruto es un aquenio que contiene una sola semilla con una cáscara muy dura bien cubierta por la delgada pared del ovario.

Es elipsoide, levemente comprimida, suave, y de alrededor de 2-5 mm de largo, generalmente parda y moteada. El fruto es comúnmente considerado como una semilla.

Requisitos de calidad para frutos citricos

Requisitos de calidad para frutos citricos

REQUISITOS

CLASES

«Extra»

«I»

«II»

– Apariencia – Coloración y características típicas de la variedad – Coloración y características típicas de la varieda – Cumplimiento de los requisitos mínimos
– Defectos – Libre de cualquier mancha que afecte la apariencia externa de la fruta y / o las características organolépticas- Un deterioro leve muy superficial de la piel no es considerado como un «defecto» – Manchas permitidas si no deterioran las propiedades de la fruta respecto al aspecto general o de la conservación:- Defecto leve en forma- Defecto leve en color- Defectos de la piel leves inherentes a la formación del fruto

– Defectos leves curados de la piel debidos a una causa mecánica

– Las manchas o el deterioro en la apariencia de la piel permitida si el aspecto general y las propiedades de conservación de la fruta no están seriamente deteriorados:- Defectos de forma- Defectos de color- Piel rugosa

– Deterioro superficial de la piel

– El desprendimiento leve y superficial del pericarpio para naranjas

Calidad en frutos citricos

Calidad en frutos citricos.

La calidad, en su sentido más amplio, podemos considerarla como un compendio de calidades:

  • – calidad organoléptica
  • – calidad microbiológica
  • – calidad nutritiva
  • – calidad comercial

Al final, es el conjunto de propiedades de los cítricos, que satisface las exigencias del consumidor.

La calidad organoléptica de un cítrico se refiere a: contenido en zumo, aroma, índice de madurez, tamaño, textura, color, etc.

La calidad microbiológica, está referida, a la ausencia tanto interna como externa, de hongos, bacterias y virus.

La calidad nutritiva, es el equilibrio de azúcares y ácidos, la cantidad de vitamina C, la ausencia de semillas, cantidad de proteínas, etc.

La calidad comercial, está basada en la producción, confección, conservación, transporte y distribución; o sea, todas aquellas aportaciones a los frutos durante los procesos mencionados.

Todo ello, está condicionado por una serie de factores, que comentaremos más adelante.

NORMAS DE CALIDAD PARA LOS CÍTRICOS SEGÚN REGLAMENTO CEE Nº 920/89

  • 1) DEFINICIÓN DEL PRODUCTO
  • 2) DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD
  • 3) DISPOSICIONES RELATIVAS AL CALIBRADO
  • 4) DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS
  • 5) DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN
  • 6) DISPOSICIONES RELATIVAS AL MARCADO

.

1) DEFINICIÓN DEL PRODUCTO

La presente norma se refiere a los frutos siguientes, clasificados bajo la denominación de «cítricos» y destinados a ser entregados en estado fresco al consumidor, con exclusión de los cítricos destinados a la transformación industrial:

  • – Limones: frutos de las variedades procedentes de la especie Citrus limonia (L) Burmf.
  • – Mandarinas, tangerinas, satumas, clementinas, wilkings y otros frutos de las variedades procedentes de la especie Citrus reticulata (Blanco) o de sus híbridos.
  • – Naranjas: frutos de las variedades procedentes de la especie Citrus sinensis (Osbeck).

.

2) DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CALIDAD

La norma tiene por objeto definir las características que deben presentar los cítricos después de su acondicionamiento y envasado.

A. Características mínimas

Tomando en consideración las disposiciones especiales previstas para cada categoría y los límites de tolerancia permitidos, los cítricos de todas las categorías deberán presentarse:

  • – enteros
  • – sanos; se excluyen los productos atacados por la podredumbre o por otras alteraciones que los hagan impropios para el consumo
  • – exentos de daños y/o alteraciones externas
  • – limpios, prácticamente exentos de materias extrañas visibles
  • – exentos de humedad exterior anormal
  • – exentos de olores y/o sabores extraños

Los cítricos deberán haber sido cuidadosamente recolectados y haber alcanzado un desarrollo y un estado de madurez adecuado, de acuerdo con los criterios apropiados para la variedad y la zona de producción. Su estado de madurez deberá permitirles:

  • – soportar el transporte y la manipulación, y
  • – llegar en condiciones satisfactorias al lugar de destino.

Además, el grado de coloración será tal que la evolución de los cítricos les permita alcanzar, en el lugar de destino, la coloración normal de la variedad (sin perjuicio de las disposiciones aplicables a cada categoría), habida cuenta del período de recolección, de la zona de producción y de la duración del transporte.

Los cítricos que reúnan las condiciones de madurez anteriormente definidas podrán ser sometidos a un tratamiento de desverdización. Dicho tratamiento únicamente se permitirá si los demás caracteres organolépticos naturales no resultan modificados.

El tratamiento considerado deberá llevarse a cabo de acuerdo con las normas establecidas por las autoridades administrativas de cada Estado miembro y bajo el control de las mismas.

Los cítricos deberán estar exentos de principios de desecación interna causada por las heladas y de heridas o magulladuras externas cicatrizadas.

B. Contenido mínimo en zumo y coloración.

(Contenido mínimo con relación al peso total del fruto; la extracción se hará mediante prensa manual).

LIMONES

  • Contenido mínimo en zumo
  • Limones Verdelli y Primofiore → 20%
  • Los demás → 25%
  • Coloración; La coloración deberá ser la normal de la variedad. Se admitirán los limones de coloración ligeramente verde que presenten el contenido mínimo en zumo, teniendo en cuenta el período de recolección y la zona de producción. Los limones «Verdelli» podrán tener una coloración verde, siempre que no sea oscura.

CLEMENTINAS, ELLENDALES, MONREALES Y SATSUMAS

  • Contenido mínimo en zumo
  • Monreales y satsumas → 33%
  • Clementinas y ellendales → 40%
  • Coloración; La coloración deberá ser la típica de la variedad por lo menos en 1/3 de la superficie del fruto.

WILKINGS, TANGERINAS, OTRAS MANDARINAS E HÍBRIDOS

  • Contenido mínimo en zumo
  • Wilkings, tangerinas, otras mandarinas e híbridos→ 33%
  • Coloración; La coloración deberá ser la típica de la variedad por lo menos en 2/3 de la superficie del fruto.

NARANJAS

  • Contenido mínimo en zumo
  • Thomson Navels y Tarocco → 30%
  • Washington Navels → 33%
  • Las demás variedades → 35%
  • Coloración; La coloración deberá ser la típica de la variedad; se admitirá una coloración verde claro que no debe exceder de una 1/5 de la superficie del fruto, teniendo en cuenta la variedad y el período de recolección.

CATEGORÍAS CLASIFICACIÓN

Los cítricos se clasifican en las cuatro categorías que se definen a continuación:

CATEGORÍA EXTRA

Los cítricos clasificados en esta categoría deberán ser de calidad superior. Su forma, aspecto exterior, desarrollo y coloración deberán presentar las características de la variedad a la que pertenezcan. Deberán estar exentos de defectos, aunque se admitirán ligerísimos defectos superficiales, siempre que éstos no afecten a la calidad, al aspecto general del producto ni a la presentación del envase.

CATEGORÍA I

Los cítricos clasificados en esta categoría deberán ser de buena calidad. Deberán presentar las características típicas de la variedad o del tipo, teniendo en cuenta el período de recolección y las zonas de producción.

No obstante, se admitirán los defectos siguientes, siempre que no perjudiquen la apariencia general ni la conservación de los frutos de un lote determinado:

  • – ligero defecto de forma,
  • – ligero defecto de coloración,
  • – ligeros defectos epidérmicos inherentes a la formación del fruto, como incrustaciones plateadas, quemaduras, etc.
  • – ligeros defectos cicatrizados de origen mecánico, como señales de granizo, rozaduras, golpes ocasionados por la manipulación, etc.

CATEGORÍA II

Esta categoría comprende los cítricos que, en conjunto, no puedan clasificarse en las categorías superiores, pero que presentan las características mínimas anteriormente definidas.

Se admitirán defectos de forma, de desarrollo y de coloración, siempre que no perjudiquen de forma importante la apariencia general ni la conservación de los frutos de un lote determinado:

  • – defecto de forma,
  • – defecto de coloración,
  • – corteza rugosa,
  • – alteraciones epidérmicas superficiales cicatrizadas,
  • – en el caso de las naranjas, separación ligera y parcial del pericarpio (la separación es normal en el caso de las mandarinas, clementinas, satsumas, wilkings y tangerinas).

CATEGORÍA III [1]

Esta categoría incluye los cítricos que no pueden clasificarse en las categorías superiores pero que presentan las características previstas para la categoría II. No obstante, pueden estar desprovistos de cáliz.

[1] Categoría suplementaria con arreglo al apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) nº 1035/72. La aplicación de esta categoría de calidad o de determinadas especificaciones suyas está supeditada a una decisión que deberá adoptarse con base en el apartado 1 del artículo 4 del mismo Reglamento.

.

3) DISPOSICIONES RELATIVAS AL CALIBRADO

El calibre se determinará por el diámetro máximo de la sección ecuatorial.

Calibre mínimo

Se excluyen los frutos que no se ajusten a las dimensiones mínimas siguientes:

  • – Limones: 45 mm para las categorías extra, I y II, 42 mm para la categoría III
  • – Naranjas: 53 mm
  • – Satsumas, tangerinas, wilkings, otras mandarinas y sus híbridos: 45 mm.
  • – Clementinas y monreales: 35 mm

Escalas de calibrado

Se utilizarán las siguientes escalas de calibrado:

Naranjas

Limones

Clementinas, monreales, satsumas, tangerinas, wilkings, otras mandarinas y sus híbridos (2)

Calibres

Escala de diámetros en mm

Calibres

Escala de diámetros en mm

Calibres Escala de diámetros en mm
0 100 o más (1) 0 83 o más (1) 1 63 o más
1 87-100 1 72-83 2 58-69
2 84-96 2 68-78 3 54-64
3 81-92 3 63-72 4 50-60
4 77-88 4 58-67 5 46-56
5 73-84 5 53-62 06 (3) 43-52
6 70-80 6 48-57 07 (3) 41-48
7 67-76 7 45-52 8 39-46
8 64-73 8 42-49 (1) 9 37-44
9 62-70 10 35-42
10 60-68
11 58-66
12 56-63
13 53-60
(1) Únicamente para la categoría III.
(2) En lo que se refiere a las satsumas, tangerinas, wilkings, otras mandarinas y sus híbridos con un diámetro superior a 63 mm, la clasificación es la siguiente:
  • nº 1 – X → 63-74
  • nº 1 – XX → 67-78
  • nº 1 – XXX → 78 o más
(3) El calibre mínimo de las satsumas, tangerinas, wilkings, otras mandarinas y sus híbridos es de 45 mm.

.

4) DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS

Se admitirán tolerancias de calidad y de calibre en cada envase, o en cada lote en el caso de los cítricos expedidos a granel, para los productos que no se ajusten a las características de la categoría indicada.

Tolerancia de calidad

CATEGORÍA EXTRA

Un 5% en número o en peso de cítricos que no respondan a las características de la categoría, pero que se ajusten a las de la categoría I o que se admitan excepcionalmente en las tolerancias de dicha categoría. Además, un 5% como máximo, en número o en peso, de frutos podrán estar desprovistos de cáliz.

CATEGORÍA I

Un 10% en número o en peso de cítricos que no respondan a las características de la categoría, pero que se ajusten a las de la categoría II o que se admitan excepcionalmente en las tolerancias de dicha categoría. Además, un 20% como máximo, en número o en peso, de frutos podrán estar desprovistos de cáliz.

CATEGORÍA II

Un 10% en número o en peso de cítricos que no se ajusten a las características de la categoría ni a las características mínimas, correspondiendo un 5% como máximo a frutos que presenten ligeras heridas superficiales no cicatrizadas y secas (con exclusión de cualquier señal de podredumbre, de magulladuras pronunciadas o de cualquier otra alteración que los haga impropios para el consumo) o a frutos blandos o marchitos. Se admitirá, además, un 35% como máximo, en número o en peso, de frutos desprovistos de cáliz.

CATEGORÍA III

Un 15% en número o en peso de cítricos que no se ajusten a las características de la categoría ni a las características mínimas, con excepción de los productos que presenten señales de podredumbre, magulladuras pronunciadas o cualquier otra alteración que los haga impropios para el consumo. En el caso de las categorías Extra, I y II se admitirá, además, que los frutos hayan sido sometidos a un tratamiento de coloración forzada estén desprovistos de cáliz, siempre que en los documentos adjuntos a la mercancía figure una mención especial.

Tolerancia de calibre

En todas las categorías y para cualquier modo de presentación: un 10% en número o en peso de cítricos que se ajusten al calibre inmediatamente inferior o superior al mencionado (o a los mencionados, en caso de agrupación de tres calibres) en el envase o en los documentos de transporte.

En caso de expedición a granel en un medio de transporte o en un compartimento de un medio de transporte, sin más exigencia que la del calibre mínimo, la tolerancia del 10% sólo podrá referirse a frutos cuyo diámetro no sea inferior al diámetro mínimo siguiente:

  1. – Limones 43 mm para la categoría II, 40 mm para la categoría III
  2. – Naranjas 50 mm
  3. – Satsumas, tangerinas, wilkings, otras mandarinas y sus híbridos 43 mm
  4. – Clementinas y monreales 34 mm

.

5) DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN

Homogeneidad

Cada envase, o cada lote en caso de expedición a granel, deberá contener cítricos del mismo origen, variedad, calidad, calibre (en la medida en que, en lo que se refiere a este último criterio, se exija un calibrado) y que presenten un mismo grado de desarrollo y de madurez.

Además, para la categoría Extra se exige la homogeneidad de coloración.

En lo que se refiere a los cítricos clasificados en la categoría III no se exige homogeneidad del grado de desarrollo y de madurez.

La parte visible del contenido del envase o del lote deberá ser representativa del conjunto.

Presentación

Los cítricos podrán presentarse:

  • a) Alineados en capas regulares, de acuerdo con las escalas de calibrado, en envase cerrado o abierto. Este modo de presentación es obligatorio para la categoría Extra y facultativo para las categorías I, II y III.
  • b) No alineados, en envase cerrado o abierto, de acuerdo con las escalas de calibrado.
  • c) A granel en un medio de transporte o en un compartimiento de un medio de transporte, con una diferencia máxima entre frutos correspondientes a la agrupación de tres calibres consecutivos de las escalas de calibrado. Estos modos de presentación sólo se admitirán para las categorías I, II y III.
  • d) A granel, en un medio de transporte o en un compartimiento de un medio de transporte, sin otra exigencia que la del calibre mínimo. Este modo de presentación sólo se admitirá para las categorías II y III.
  • e) En envases unitarios de ventas directas al consumidor con un peso máximo de 5 kg.
    • – Cuando dichos envases se confeccionen según el número de frutos, la aplicación de las escalas de calibrado será obligatoria para todas las categorías.
    • – Cuando dichos envases se confeccionen según el peso de los frutos, será necesario que la diferencia máxima entre los diversos frutos se incluya en el margen resultante del agrupamiento de tres calibres sucesivos de la escala de calibrado.

Este modo de presentación sólo se admitirá para las categorías Extra, I y II.

Cuando los frutos se presenten envueltos, se utilizará un papel fino, seco, nuevo e inodoro[1].

Se prohibe emplear cualquier sustancia que pueda modificar las características naturales de los cítricos y, en particular, su olor o su sabor.

[1] Esta disposición no se opone al empleo de agentes conservantes utilizados con arreglo a las disposiciones comunitarias en la materia.

Acondicionamiento

El acondicionamiento deberá garantizar una protección adecuada del producto.

Los materiales y, especialmente, los papeles utilizados en el interior del envase deberán ser nuevos, estar limpios y haber sido fabricados con materiales que no provoquen alteraciones externas ni internas en los productos. Se autoriza el uso de materiales y, en particular, de papeles o sellos, que lleven indicaciones comerciales, siempre que la impresión o el etiquetado se hagan con tintas o colas no tóxicas.

Los envases, o los lotes en caso de expedición a granel, deberán estar exentos de cuerpos extraños; no obstante, se permitirá que los cítricos se presenten con una rama corta no leñosa adherida al fruto y provista de algunas hojas verdes.

En el caso de los cítricos, envasados, cada envase deberá llevar, en caracteres agrupados en uno de sus costados y que sean legibles, indelebles y visibles desde el exterior, las siguientes indicaciones:

.

6) DISPOSICIONES RELATIVAS AL MARCADO

Identificación

  • – Envasador y/o expedidor
  • – Nombre y dirección o identificación simbólica expedida o reconocida por un organismo oficial

Naturaleza del producto

  • – denominación de la especie cuando el producto no sea visible desde el exterior, salvo en lo que se refiere a las clementinas, mandarinas, tangerinas, satsumas y otros frutos pequeños, para los que esta denominación es obligatoria en todos los casos;
  • – nombre de la variedad en el caso de las naranjas;
  • – denominación del tipo:
  • – para los limones, en su caso, las indicaciones “Verdelli” y “Primofiore”
  • – para las clementinas:
  • – “clementinas sin pepita”
  • – “clementinas (de 1 a 10 pepitas)”
  • – según el caso, “clementinas monreales” o “clementinas con pepitas” (más de 10 pepitas).

Origen del producto

País de origen y, en su caso, zona de producción o denominación nacional, regional o local.

Características comerciales

Categoría.

Calibre expresado, sea cual sea el modo de presentación, de acuerdo con la escala de calibrado, mediante el número de referencia de la escala y el número de frutos en caso de presentación en capas alineadas.

En su caso, indicación del agente conservante utilizado con arreglo a la normativa comunitaria en la materia.

Desverdización: cuando se compruebe que, como consecuencia de la utilización del procedimiento de desverdización, se han superado o pueden superarse los porcentajes normalmente admitidos de frutos desprovistos de cáliz, en los documentos adjuntos a la mercancía deberá figurar la mención “desverdización” o “frutos desverdizados”.

Marca oficial de control (facultativa)

En el caso de los cítricos expedidos a granel (carga directa en un medio de transporte o en un compartimento de un medio de transporte), las indicaciones anteriormente mencionadas deberán figurar en un documento adjunto a la mercancía o en una ficha que se colocará en un lugar visible del interior del vehículo. El calibre de los lotes de frutos formados por la agrupación de tres calibres consecutivos se indicará mediante los números extremos de referencia de la escala de calibrado.