Nucleos zoologicos

NUCLEOS ZOOLOGICOS

Actualmente la posesión de animales viene regulada por la legislación valenciana DECRETO 158/1996, de 13 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se desarrolla la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1994, de 8 de julio,  sobre Protección de los Animales de Compañía.

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¿Quién está obligado a registrarse en el censo de núcleos zoológicos?

1. Los núcleos zoológicos que albergan animales de fauna salvaje con finalidades científicas, culturales, recreativas y de reproducción, recuperación, adaptación y/o conservación de estos animales:

  • Safaris
  • Parques o jardines zoológicos
  • Reservas zoológicas
  • Circos
  • Colecciones zoológicas privadas
  • Otras agrupaciones zoológicas

2. Las instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos:

  • Centros de cría
  • Residencias y refugios
  • Escuelas de adiestramiento
  • Centros de recogida de animales
  • Perreras deportivas
  • Centros de importación de animales

3. Los establecimientos de venta de animales:

  • Tiendas de animales
  • Otros establecimientos

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CONTENIDOS MÍNIMOS DE LOS PROYECTOS DE NUCLEOS ZOOLOGICOS

1.1 Objeto del proyecto.

1.2 Datos del titular de la actividad.

1.3 Emplazamiento.

  • • Edificios en general:
  • • Edificios en suelo urbano consolidado:
  • • Edificios fuera del núcleo de población:

1.4 Proceso de la actividad.

1.5 Número de personas.

1.6 Maquinaria y demás medios.

1.7 Combustibles.

1.8 Instalaciones sanitarias.

1.9 Ventilación e iluminación.

1.10 Repercusión de la actividad sobre el medio ambiente.

1.10.1 Ruidos.

1.10.2 Vibraciones.

1.10.3 Humos, gases, olores, nieblas y polvos en suspensión:

  • • Chimeneas, campanas y extractores:
  • • Gases, nieblas, polvos y olores en general:
  • • Riesgo de incendio, deflagración y explosión:

1.11 Aguas

1.11.1 Agua potable.

1.11.2 Aguas residuales.

2 PLANOS. Formato normalizado.

2.1 Plano de emplazamiento.

2.2 Planos de alineaciones y plantas y alzados.

2.3 Plano de planta del local.

2.4 Cuantos otros planos se estimen convenientes

3 ANEXOS

3.1 Justificación del cumplimiento de la normativa de protección contra incendios.

3.2 Justificación condiciones de seguridad de utilización y accesibilidad al medio físico.

Nucleo zoologico MANUAL Higienico sanitario

Legislacion implicada en la Protección de los Animales de Compañía

 

 

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  • Calidad de datos: Análisis de calidad de datos y reconciliación de problemas con los datos.
  • Fuentes de datos: Identificación, adquisición y creación de fuentes de datos.
  • Resolución de problemas de integridad de datos: Revisión, identificación y corrección de incoherencias en las fuentes de datos.
  • Marketing Intelligence: MDM (Datos Maestros) / EIM (Dirección de datos empresariales) / DQ (Data Query).
  • Datos Maestros: Creación de datos de valor, creación y mantenimiento de metadatos de negocios, referencias y datos maestros.
  • Business Intelligence: Transformación de datos en información, para el gobierno y la toma de decisiones en la empresa.