Produccion integrada en la Comunidad Valenciana

Produccion integrada en la Comunidad Valenciana


No dude en consultarnos 963252569 Asesoria en Produccion Integrada inscrita en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO)

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PRODUCCION INTEGRADA COMUNIDAD VALENCIANA

La producción integrada da respuesta a la exigencia social de obtención de productos agrícolas de calidad mediante el empleo de prácticas de cultivo que respeten el medio ambiente, utilizando sistemas agrícolas de obtención de vegetales que aprovechan al máximo los recursos y los mecanismos de producción naturales y aseguran a largo plazo una agricultura sostenible, introduciendo en ella métodos biológicos y químicos de control, y otras técnicas que compatibilicen las exigencias de la sociedad, la protección del medio ambiente y la productividad agrícola, así como las operaciones realizadas para la manipulación, envasado, transformación y etiquetado de productos vegetales acogidos al sistema

La producción integrada comienza a desarrollarse normativamente en la Comunidad Valenciana con el Decreto 121/1995, de 19 de junio, del Gobierno Valenciano, sobre valorización de productos agrarios obtenidos por técnicas de agricultura integrada y la Orden de 23 de mayo de 1997, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre reglamentación de las producciones obtenidas por técnicas de agricultura integrada y de las condiciones de autorización de las Entidades de control y certificación. Posteriormente, mediante Resoluciones del Director General de Investigación y Tecnología Agroalimentaria se han publicado las normas técnicas de diferentes cultivos.
Según el Decreto 121/1995: «Se entiende por producción integrada un sistema agrícola de producción de alimentos que utiliza al máximo los recursos y los mecanismos de regulación naturales y asegura a largo plazo una agricultura viable. En ella los métodos biológicos, químicos y otras técnicas son cuidadosamente elegidos y equilibrados, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la rentabilidad y las exigencias sociales» (art.: 1.2)

Normativa genérica:

Fechas de inscripción:

La comunicación de inscripción en el registro para los operadores que soliciten ayudas agroambientales por producción integrada, se realizará exclusivamente mediante la Solicitud Única de ayudas de la PAC, siendo las fechas de inscripción las mismas que para dicha solicitud. El periodo de inscripción para quien no solicite ayudas agroambientales se publicará cada año.
En la siguiente página web pueden encontrar los documentos para inscribirse en el Registro Oficial de Producción Integrada, tanto agricultores como empresas agrarias productoras, elaboradoras y envasadoras. También están disponibles los formularios necesarios para modificar y renovar la inscripción en dicho registro:

• Solicitud de inscripción

EMPRESAS DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN

Entre otros requisitos, para inscribirse en el registro, los interesados deben tener un contrato con una de las Empresas de Control y Certificación acreditadas y homologadas por la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua. Esta empresa realizará los controles necesarios que aseguren el cumplimiento, tanto de los requisitos generales exigidos por la normativa de producción integrada, como de los específicos del cultivo de que se trate.

FORMACIÓN

El Decreto 121/1995, de 19 de junio, del Gobierno Valenciano, sobre valorización de productos agrarios obtenidos por técnicas de agricultura integrada (DOGV núm. 2.543, de 4 de julio), exige, para la autorización administrativa de la utilización del logotipo de «Producción integrada» en el etiquetado de los productos obtenidos y elaborados por esta técnica, que los responsables técnicos de las explotaciones tengan unos conocimientos básicos mínimos de la producción integrada. Asimismo exige a las entidades colaboradoras de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en la vigilancia, control y certificación de la producción integrada, para su reconocimiento como tales, que dispongan de personal cualificado.

CUADERNO DE EXPLOTACIÓN

Entre los requisitos que debe cumplir un productor inscrito en el registro de Producción Integrada esta el disponer de un cuaderno de explotación donde se anoten todas las operaciones y prácticas de cultivo, que serán calificadas periódicamente, y validadas, por la Entidad de control y certificación correspondiente.

Reglamentos específicos de producción integrada en la Comunitat Valenciana

Cítricos:

Viña

Olivo

Arroz

Níspero

Pimiento

Tomate

 Brasicas

Melón

Registro de productores autorizados para la producción integrada

El objetivo de este Registro es permitir la inscripción de empresas productoras y comercializadoras de productos agroa-limentarios frescos o transformados obtenidos con técnicas que favorezcan la salvaguardia ambiental y la salud de los agricultores y consumidores, en línea con lo que internacionalmente se conoce como producción integrada.

ATRIAS

La Orden de 7 de diciembre de 2005 de la C.A.P.A establece un programa de promoción de la lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos a través de agrupaciones para tratamientos en agricultura (ATRIA) y las ayudas económicas.
La Orden de 17 de noviembre de 1989 del M.A.P.A establece los objetivos de dicho programa

  • Puesta a punto y aplicación de las técnicas de lucha integrada y utilización racional de los productos y medios fitosanitarios.
  • Formación del personal técnico y especializado en la dirección y aplicación de dichas técnicas.
  • Fomento de las agrupaciones de agricultores para la realización de tratamientos fitosanitarios integrados (ATRIAS)

La ayuda está destinada a sufragar los gastos de un técnico cualificado que dirige las actuaciones contra las plagas de cada cultivo. También se concede una ayuda por adquisición de productos fitosanitarios que pueden aportar una innovación y mejora en la aplicación de las técnicas de la lucha integrada.
Se establece un importe máximo de la ayuda para el primer año de funcionamiento de la ATRIA, en función de las características del cultivo y la duración de su ciclo. Dicha ayuda decrece un 20% anual hasta la finalización del periodo de concesión de la ayuda, que se establece en un máximo de cinco años.
Para la adquisición de productos fitosanitarios se establece un máximo anual.

Para una información más detallada al respecto puede consultarse la web del PROP en el siguiente link:

Registro oficial de establecimientos y servicios plaguicidas

El Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) en la Comunitat Valenciana, uno por provincia, depende de la Sudirección General de Protección Agroalimentaria de la Dirección General de Producción Agraria y Ganadería.

En este Registro Oficial deben estar inscritas las siguientes actividades: suministro de los medios de defensa fitosanitaria, con excepción de equipos y maquinaria de aplicación; la realización  de tratamientos fitosanitarios, tanto por medios terrestres como aéreos, o en almacenes u otros locales; el asesoramiento a explotaciones agrarias y la manipulación y uso de los productos fitosanitarios de uso profesional.

Real Decreto 1311/2012 

El Registro se estructura en cuatro Secciones:

1.       En la sección de suministradores se incluirán:

  • – la fabricación o producción, que puede incluir el almacenamiento en las propias instalaciones
  • – la comercialización o puesta en el mercado, que comprende la importación, e implica la titularidad de autorización del producto
  • – la distribución u organización de la venta al usuario en general
  • – la logística, que puede incluir el transporte y almacenamiento, si se hace como actividad independiente, por cuenta de los anteriores.

2.       En la sección de tratamientos fitosanitarios, se incluyen dos actividades:

  • –  la prestación de los servicios de aplicación, bien sea por cuenta de terceros o de los propios socios de una entidad o cooperativa
  • –  la aplicación de estos productos con carácter industrial en almacenes y por cuenta propia mediante equipos o instalaciones fijas.

3.       En la sección de asesores, se incluirán las distintas formas de actividad que puede llevar a cabo un asesor:

  • – los que practiquen la actividad en ejercicio libre
  • – los que lo realizan en el sector suministrador o en el de tratamientos o en la estructura cooperativa de sus socios
  • – los que se encuadran en la propia estructura empresarial de usuario
  • – los que forman parte de entidades de asesoramientos en los distintos marcos de control de plagas, como pueden ser: la producción ecológica, la producción integrada, otros sistemas de producción certificada, agrupaciones u otras entidades de gestión integrada de plagas que estén reconocidas oficialmente y finalmente cualquier otro tipo de gestión integrada que mantenga los principios de gestión integrada.

4.       En la sección de usuarios profesionales, se incluirán todas aquellas personas que utilicen los productos fitosanitarios en el ejercicio de su actividad profesional, incluidos operadores, técnicos, empresarios o trabajadores autónomos, tanto en el sector agrario como en otros sectores y posean la capacitación o formación necesaria.

 Oficinas del ROPO en la Comunitat Valenciana:

  • Consellería de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
  • Sección de Protección de los Vegetales

ROPO

  • C/ Profesor Manuel Sala, 2
  • 03003 Alicante
  • Consellería de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
  • Sección de Protección de los Vegetales

ROPO

  • C/ Comercio, 7
  • 12550 Almassora (Castellón)
  • Consellería de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua

ROPO

  • Avenida de Alicante, s/n
  • Apartado de correos nº 125
  • 46460 Silla (Valencia)

Otros medios de defensa fitosanitaria

La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, regula en el capítulo IV de su Título III la comercialización y utilización de los organismos de control biológico y demás medios de defensa fitosanitaria distintos de los productos fitosanitarios.

La Orden APA/1470/2007, de 24 de mayo, por la que se regula la comunicación de comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria, afecta a los organismos de control biológico, las trampas y otros medios o dispositivos para el control de plagas, así como los productos no fitosanitarios que puedan favorecer que los cultivos desarrollen vigor o resistencias frente a patógenos.

Se excluyen del ámbito de aplicación de la mencionada orden:

  • Los productos fitosanitarios.
  • Los fertilizantes.
  • Los organismos de control biológico exóticos, en lo relativo a la comunicación.
  • Los medios de aplicación de los productos fitosanitarios, sometidos a normativa específica.

La Orden especifica que las empresas que produzcan o sean responsables de la puesta en el mercado de organismos de control biológico, productos, dispositivos u otros medios comprendidos en su ámbito de aplicación, presentarán una comunicación de comercialización específica para cada uno de dichos productos, organismos, dispositivos o medios.

Normativa:

ORDEN APA/1470/2007, de 24 de mayo, por la que se regula la comunicación de comercialización de determinados medios de defensa fitosanitaria.

Mejora de la Competitividad

La Competitividad de nuestra agricultura se basa en la adaptación de la producción a la demanda de los clientes o consumidores finales, así como en la mejora de las condiciones de producción para poder ofertar nuestros productos a un coste / calidad que les permite posicionarse en los mercados, ya sean emergentes o consolidados. Con este objetivo, la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua desarrolla diferentes estrategias basadas en la reducción de los costes de producción, la diversificación de la oferta y la mejora de la calidad de los productos agrícolas.

La realización de inversiones en las explotaciones agrícolas es uno de los instrumentos básicos para abordar los costes de producción y la mejora de la calidad de los productos finales. El apoyo a esta actividad, junto con la ejecución directa de obras por parte la propia Conselleria, en materia de regadíos o caminos, o la subvención de estas mismas obras desarrolladas por la iniciativa privada, son una parte fundamental de las herramientas destinadas al objetivo.
En esta estrategia de mejora de adaptación de la oferta a la demanda, los trabajos de investigación y experimentación, que se describen en el apartado correspondiente, participan de forma esencial, tanto en la mejora del material vegetal como en el control de plagas y enfermedades.
Una vez que el material vegetal está a disposición de los agricultores estos pueden abordar programas de reconversión de su actividad productiva. En algunos casos estos programas cuentan con financiación de la propia Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, como es el caso del Plan de Reconversión de cítricos o el Plan de Reconversión del viñedo.
Esta administración también contribuye a mejorar la posición de comercial de los productos agrícolas valencianos a través de varias de sus líneas de trabajo, entre las que destacan:

  • La política de promoción de nuestros productos, tanto en mercados nuevos como en consolidados, así como de las figuras de calidad.
  • El control de plagas y enfermedades que, con carácter general, reducen la calidad y limitan el acceso a los mercados. Además, hay que considerar las herramientas sanitarias que permiten la diferenciación de productos, como la producción integrada, el proyecto cero o la agricultura ecológica.
  • La realización de los planes de control de calidad de producción, tanto en el ámbito de la utilización de productos fitosanitarios como en la trazabilidad o en la calidad final de los productos comercializados

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