App Gestion Integrada de Plagas y Enfermedades de Citricos

App Gestion Integrada de Plagas

y Enfermedades de Citricos

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El próximo día 29 de enero se celebrará, en el salón de actos del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, la presentación de la nueva aplicación para smartphones donde, además de toda la información disponible en la web, se presentan varias novedades como el cálculo de grados-día en tiempo real para las principales plagas y el sistema de estación de avisos para Alternaria que serán de gran utilidad para el técnico de campo.

También la nueva web (http://gipcitricos.ivia.es) ha ampliado su contenido con una sección sobre las principales enfermedades fúngicas de los cítricos y herramientas para el cálculo de los volúmenes de aplicación de fitosanitarios y la calibración de turboatomizadores.

Información e inscripción para la asistencia: IVIA
Teléfono: 96 342 40 00
Ctra. Moncada-Náquera km. 4,5. 46113 Moncada – VALENCIA
Confirmar asistencia. Plazas limitadas.

Tríptico informativo

Jornada IVIA

La gestión integrada de plagas (GIP) es una estrategia de control que consiste básicamente en la aplicación racional de una combinación de medidas biológicas, biotecnológicas,  químicas, de cultivo o de selección de vegetales, de modo que la utilización de productos fitosanitarios se limite al mínimo necesario. Estas medidas de control se deben combinar de forma inteligente con el fin de mantener los niveles poblacionales de los fitófagos plaga por debajo de sus umbrales económicos de daños (UED). En la actualidad, la GIP es la estrategia de control preferida prácticamente en la mayor parte de cultivos, tanto por motivos de eficacia, como sociales, económicos y medioambientales. Actualmente, todas las Comunidades Autónomas donde se cultivan cítricos disponen de reglamentos de Producción Integrada de cítricos en donde se establecen las bases de la GIP.

En 2008, según fuentes del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), un 13,6% de la superficie citrícola española se gestionó de acuerdo a los reglamentos de la Producción Integrada, mientras que el 1,5% lo hizo de acuerdo a los de la Agricultura Ecológica. Se estima que estas cifras irán en aumento en el futuro, y en consecuencia también la implantación de tácticas de control biológico. Además, la recientemente aprobada Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas, propone, entre otros aspectos, que la aplicación de los principios generales de la GIP sea obligatoria para todos los productores europeos a partir del 1 de enero de 2014.

Cultivos exentos de Asesoramiento en Gestion Integrada de plagas

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A continuación os expongo las producciones y tipos de explotaciones de baja utilización de productos fitosanitarios exentas de asesoramiento en Gestión integrada de plagas.

Gestion integrada de plagas cultivos exentos de asesoramiento 1Gestion integrada de plagas cultivos exentos de asesoramiento 2 Odenado Alfabeticamente

CULTIVO O CUBIERTA SECANO REGADIO INVERNADERO / CULTIVO PROTEGIDO
ACEITUNA DE ALMAZARA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
ACEITUNA DE DOBLE APTITUD NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
ACEITUNA DE MESA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
ACELGA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
AGUACATE EXENTO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
AJO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
ALBARICOQUERO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
ALCACHOFA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
ALFALFA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
ALGARROBAS EXENTO EXENTO
ALGARROBO EXENTO EXENTO
ALGODON NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
ALMENDRO EXENTO EXENTO
ALTRAMUZ EXENTO EXENTO
APIO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
AROMATICAS (LAVANDA,LAVANDIN,ETC) EXENTO EXENTO
ARROZ NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
AVELLANO EXENTO EXENTO
AVENA EXENTO EXENTO
BATATA EXENTO EXENTO
BERENJENA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
CACAHUETE EXENTO
CALABACIN EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
CALABAZA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
CAÑA DE AZUCAR
CAQUI EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
CASTAÑO FRUTO EXENTO EXENTO
CEBADA DE 2 CARRERAS EXENTO EXENTO
CEBADA DE 6 CARRERAS EXENTO EXENTO
CEBOLLA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
CENTENO EXENTO EXENTO
CEREZO Y GUINDO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
CHAMPIÑON EXENTO
CHIRIMOYO EXENTO EXENTO
CHOPO EXENTO EXENTO
CHUFA EXENTO
CHUMBERA EXENTO
CIRUELO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
COL BROCOLI EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
COL REPOLLO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
COLES Y BERZAS FORRAJERAS EXENTO EXENTO
COLIFLOR NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
COLZA EXENTO EXENTO
CONDIMENTOS (ANIS,AZAFRAN, ETC) EXENTO EXENTO
CONIFERAS EXENTO
CONIFERAS Y FRONDOSAS EXENTO
ESCAROLA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
ESPARRAGO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
ESPINACA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
FLORES Y ORNAMENTALES EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
FRAMBUESO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
FRESA-FRESON EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
FRONDOSAS CRECIMIENTO LENTO EXENTO
FRONDOSAS CRECIMIENTO RAPIDO EXENTO EXENTO
GARBANZOS EXENTO EXENTO
GIRASOL EXENTO EXENTO
GRANADO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
GRELO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
GUISANTE VERDE EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
GUISANTES SECOS EXENTO EXENTO
HABAS SECAS EXENTO EXENTO
HABAS VERDES EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
HIGUERA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
JUDIAS SECAS EXENTO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
JUDIAS VERDES EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
KIWI EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
LECHUGA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
LENTEJAS EXENTO EXENTO
LIMONERO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
LINO
LOMBARDA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
LUPULO EXENTO
MAIZ EXENTO EXENTO
MAIZ DULCE EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
MAIZ FORRAJERO EXENTO EXENTO
MANDARINO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
MANGO EXENTO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
MANZANO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
MATORRAL EXENTO
MELOCOTONERO Y NECTARINAS EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
MELON EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
MEMBRILERO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
MEZCLA DE CEREALES DE INVIERNO EXENTO EXENTO
NABO FORRAJERO EXENTO EXENTO
NARANJO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
NARANJO AMARGO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
NISPERO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
NOGAL FRUTO EXENTO EXENTO
OTRAS OLEAGINOSAS EXENTO EXENTO
OTROS CITRICOS EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
OTROS FORRAJES (CEREAL INV,SORGO,TREBOL) EXENTO EXENTO
OTROS FRUTALES EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
PAPAYA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
PASTIZAL ALTA MONTAÑA EXENTO
PASTIZAL MATORRAL EXENTO
PASTIZALES EXENTO
PATATA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
PEPINO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
PERAL EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
PIMIENTO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
PIMIENTO PARA INDUSTRIA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
PIÑA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
PISTACHO EXENTO EXENTO
PLATANERA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
POMELO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
PRADERAS POLIFITAS EXENTO EXENTO
PRADOS NATURALES (en regadio) EXENTO
PRADOS NATURALES (en secano) EXENTO
PUERRO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
REMOLACHA AZUCARERA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
REMOLACHA FORRAJERA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
REMOLACHA MESA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
SANDIA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
SOJA EXENTO EXENTO
SORGO EXENTO EXENTO
TABACO EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
TOMATE EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 0,5 HA
TOMATE INDUSTRIA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
TRIGO BLANDO Y SEMIDURO EXENTO EXENTO
TRIGO DURO EXENTO EXENTO
TRITICALE EXENTO EXENTO
UVA DE MESA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
UVA DE TRANSFORMACION NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA NO EXENTO A PARTIR DE 5 HA
VEZA EXENTO EXENTO
VEZA (veza+avena) PARA FORRAJE EXENTO EXENTO
YEROS EXENTO EXENTO
ZANAHORIA EXENTO NO EXENTO A PARTIR DE 2 HA
VIVEROS NO EXENTO A PARTIR DE 1 HA NO EXENTO A PARTIR DE 1 HA NO EXENTO A PARTIR DE 1 HA

Registro de actuaciones fitosanitarias en Gestion Integrada de plagas

Registro de actuaciones fitosanitarias en Gestion Integrada de plagas

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El registro de las actuaciones fitosanitarias en Gestion Integrada de plagas la realizaremos mediante el cuaderno de esplotación que podeis descargaros en este enlace MODELO_DE_CUADERNO_DE_EXPLOTACION_GIP Gestion integrada de plagas Cuaderno de explotacion   Gestion integrada de plagas 4

Descripcion de la explotacion asesorada en Gestion Integrada de plagas

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Este documento deberá constar de tres apartados, el primero de ellos deberá incluir un listado de las parcelas que componen la explotación, en el segundo de ellos se procederá a realizar una evaluación de las posibles incidencias fitosanitarias de la explotación y en el tercero se realizará una evaluación de riesgo medioambiental en la utilización de productos fitosanitarios en la explotación. Los contenidos mínimos de dichos apartados deben ser:

A) DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA EXPLOTACIÓN
En este apartado deberá incluirse un listado con las parcelas que componen la explotación, en el que se incluirá la siguiente información:

1) Datos SIGPAC:

  • – Número de Orden (A cada una de las parcelas y/o recintos de la explotación se le asignará un número correlativo)
  • – Provincia
  • – Municipio
  • – Polígono
  • – Parcela
  • – Recinto
  • – Superficie SIGPAC
  • – Uso SIGPAC

2) Datos de la parcela:

  • – Superficie cultivada
  • – Especie
  • – Variedad
  • – Sistema de riego utilizado
  • – Aire libre y/o Invernadero (cultivo protegido)

3) Datos de la maquinaria y del aplicador:

  • – Tipo de maquinaria de aplicación
  • – Número de inscripción en el ROMA de la máquina de aplicación
  • – Fecha de adquisición de la máquina o de la última inspección
  • – Número de inscripción en el ROPO del usuario profesional que aplique los tratamientos en la explotación

B) INCIDENCIAS FITOSANITARIAS DE LA EXPLOTACIÓN
1.- Para cada cultivo objeto de asesoramiento se fijará el listado de plagas, enfermedades y malas hierbas que previsiblemente pudieran ocasionar daños.
2.- Para cada plaga, definida en el apartado anterior, se fijaran cuales de las medidas de las establecidas en la correspondiente Guía del Cultivo (basadas en los puntos 1 y 4 del anexo I del R.D. 1311/2012), se adoptaran en cada parcela ocupada por un cultivo objeto de asesoramiento. En caso de no ponerse en práctica ninguna de las 5 medidas culturales, físicas, biológicas, y otras no químicas establecidas en la Guía del Cultivo, deberá justificarse razonadamente.
3.- Para cada plaga o enfermedad se establecerán las condiciones que deberán de darse para justificar las aplicaciones químicas (superación del umbral establecido, condiciones meteorológicas, estado fenológico del cultivo, etc.)

C) EVALUACION DE RIESGO MEDIOAMBIENTAL EN LA UTILIZACION DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
Se debe realizar una evaluación previa del riesgo que puede suponer la utilización de los productos fitosanitarios de la explotación.
En el caso de encontrarse la explotación en una zona sometida a algún tipo de protección medioambiental regulados en los capítulos VII y VIII del Real Decreto se realizará una evaluación del riesgo que puede suponer la utilización de los productos fitosanitarios, y por tanto la memoria deberá contener:

1) Delimitación de las zonas de la explotación sometidas a protección:

  • – Relación de los puntos o áreas sometidas a protección, cuantificando la superficie afectada
  • – Tipo de condicionamiento ambiental al que se ve afectado
  • – Parcelas colindantes o enclavadas dentro del área sometida a protección

2) Descripción de los posibles riesgos medioambientales en el uso de los productos fitosanitarios:

  • – Especies en peligro, si las hubiere
  • – Catalogación de las masas de agua y puntos de captación en base a su  aprovechamiento.
  • – Descripción de los posibles riesgos

3) Medidas propuestas para la mitigación del riesgo respecto al empleo de
productos fitosanitarios en estas áreas:

  • – Categoría toxicológica de los productos a emplear
  • – Establecimiento de medidas de control no químico
  • – Establecimiento de bandas de seguridad
  • – Establecimiento de dispositivos de eliminación de efluentes
  • – Barreras o setos de contención
  • – Empleo de maquinaria o sistemas de baja deriva
  • – Zonas refugio (si existen) para fauna auxiliar y polinizadores
  • – Puntos más cercanos de recogida de envases de fitosanitarios

Modelo de contrato en Asesoramiento de Gestion Integrada de plagas

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D. ______________________________________________________ con N.I.F.
________________, y número de inscripción _____________ en el Registro Oficial de
Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO) en el apartado de asesores, teléfono ____________ y correo electrónico ____________________, como
asesor de la empresa ____________________________________ con N.I.F./C.I.F.
________________. Declara realizar el asesoramiento en la gestión integrada de plagas,
de acuerdo con lo indicado en el Artículo 11 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, para las parcelas que se enumeran en el documento de descripción de la explotación asesorada (adjunto), de la explotación agraria con domicilio social en ______________________, siendo el responsable de la gestión o el representante legal de la empresa (____________________________________ con
C.I.F.__________) D. _________________________________________ con N.I.F. ___________.

Igualmente el responsable de la explotación o representante legal de la empresa que la gestiona, declara estar conforme con la contratación de este servicio.

En ___________________ a ____ de ________ de ____

El Técnico Asesor El responsable de la explotación o representante legal de la empresa que la gestiona

Fdo.: _________________ Fdo.: _________________

USO_SOSTENIBLE_de_productos_en GIP1

USO_SOSTENIBLE_de_productos_en GIP2

Asesoramiento en Gestion Integrada de plagas

Asesoramiento en Gestion Integrada de plagas

Este 2014 tenemos el objetivo de realizar en la mayoria de nuestros cultivos la gestión integrada de plagas.

Ello conlleva el asesoramiento técnico de un profesional competente, en este despacho estamos a vuestra disposición para realizar ese asesoramiento, podeis llamarnos sin compromiso al 963252569.

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Gestion integrada de plagas

Para el control de dicho asesoramiento es necesaria la siguiete documentación:

Artículo 11 del Real Decreto 1311/2012

De conformidad con el artículo 11 del Real Decreto 1311/2012 (de ahora en adelante RD) por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, es necesario que el Comité Fitosanitario Nacional apruebe el contenido de la documentación que se va a exigir para el asesoramiento.
El artículo 16 del RD, relativo al registro de los tratamientos fitosanitarios, establece la obligación para todas las explotaciones agrarias de mantener actualizado dicho registro con la información contenida en la parte I del ANEXO III. Dado que el contenido de la documentación exigida para el asesoramiento contiene toda la información requerida en el citado anexo, se considerará que las explotaciones para las que se cumplimente dicha documentación, ya cumplen con lo indicado en el citado artículo 16 del RD, realizándose para ello una mención específica a la remisión al cuaderno de explotación.
Por lo tanto, el asesoramiento en materia de Gestión Integrada de Plagas (GIP) quedará justificado mediante los siguientes documentos:

· CONTRATO DE ASESORAMIENTO:

Acredita la relación contractual y la existencia de un compromiso de asesoramiento especifico en materia de GIP entre el asesor y productor. El contenido mínimo del contrato de asesoramiento se encuentra incluido en el ANEXO I del presente documento.

· DESCRIPCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN ASESORADA:

En la cual se realizaría una identificación y descripción exhaustiva de la explotación, y en concreto de las principales incidencias fitosanitarias. Dicho documento constará de un apartado de descripción general de la explotación, de un apartado específico de la evaluación del estado fitosanitario de la explotación y de una evaluación del riesgo medioambiental de la utilización de productos fitosanitarios. Los contenidos mínimos de la memoria descriptiva se encuentran indicados en el ANEXO II  del presente documento.

· REGISTRO DE ACTUACIONES FITOSANITARIAS

En el que se reflejará cualquier modo de intervención fitosanitaria realizada en la parcela, todas las actuaciones fitosanitarias deberán realizarse por parte del agricultor, previa indicación de las mismas por parte del asesor. Un modelo de este documento se refleja en el ANEXO III del presente documento.
Los dos primeros documentos solo será necesario cumplimentarlos una vez al inicio del asesoramiento, siempre y cuando no se produzcan modificaciones en la estructura, condicionantes o calificación medio ambiental al que se ve sometida la explotación o cambios en la problemática fitosanitaria de la explotación.

Como consecuencia de los controles que el asesor lleve a cabo, basándose en las informaciones de las redes de vigilancia fitosanitaria que puedan establecerse, en la fenología del cultivo, en las condiciones climáticas, etc., el asesor comunicará al responsable de la explotación la medida de control fitosanitario que deba llevarse a cabo. En el momento en el que se aplique la medida indicada por el asesor, el responsable de la explotación lo registrará en el documento de registros de actuaciones fitosanitarias del ANEXO III. Dicho documento deberá ser validado por el asesor al menos dos veces, una de ellas durante el ciclo de cultivo y otra al final del mismo, mediante estas dos validaciones el asesor manifiesta su conformidad o no, con las intervenciones reflejadas en el documento de registro de actuaciones fitosanitarias.

Gestion integrada de plagas 2 Gestion integrada de plagas 3

Indice de Color IC Indice de Madurez citricos IM

Indice de Color IC Indice de Madurez citricos IM

[youtube]https://www.youtube.com/watch?v=3qw_Xk-q1Mk[/youtube]

Las normas de calidad de mandarinas establecidas en el Reglamento CEE Nº1799/01 y sus posteriores modificaciones, Reglamento 2010/2002 y 2173/2003, así como los acuerdos adoptados por la Interprofesional Citrícola Española (Intercitrus) fijan los índices de madurez mínimo comercial en 6.5 para satsumas y 7.0 para clementinas y los porcentajes mínimos de zumo respecto al peso total del fruto se establecen en 40% en clementinas y 33% para otras mandarinas.

Ind. Madurez % zumo
Clementinas > 7.0 40
Satsumas > 6.5 33

El grado de coloración según el Reglamento CEE deberá ser tal que, al témino de su proceso normal de desarrollo, los frutos alcancen en su lugar de destino el color típico de la variedad a la que pertenezcan, admitiéndose frutos que al menos tengan 1/3 de la superficie de dicho color.

Coloración Indice de color
Clementinas > 1/3 de la superficie +3 +6
Satsumas > 1/3 de la superficie +1 +3

Teniendo en cuenta esta tolerancia respecto a la superficie con coloración típica, la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (CAPA) de la Generalitat Valenciana establece los valores mínimos de índice de color (IC) (IC=1000.a/L.b, siendo L, a y b parámetros de Hunter) entre +1 y +3 para satsumas y entre +3 y +6 para clementinas (DOGV 5346, de 14-9-2006). En las Normas de Producción Integrada de Cítricos de la Comunidad Valenciana (DOGV 3909, de 1-3-2001) se establece que el IC mínimo en el momento de la comercialización debe ser superior a +4 para mandarinas satsumas y de +6 para el resto de las variedades, que viene a corresponder al 100% de superficie con coloración comercial. La CAPA pone a disposición de los agentes sectoriales y de los inspectores tablas de color (Cuquerella et al., 2004), con los límites establecidos para que sirvan de guía en el autocontrol y en los controles oficiales.

Prod. integrada Coloración Indice de color
Clementinas > 100% de la superficie +6
Satsumas > 100% de la superficie +4
J. M. MARTÍNEZ-JÁVEGA, A. SALVADOR y P. NAVARRO
Centro de Tecnología Postcosecha. Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias
Apartado Oficial 46113 Moncada (Valencia) España
Tlf: 96 342 40 00 Fax: 96 342 40 01

 

Material necesario

Balanza

P1000250Exprimidor de zumo, si es hidraulico mejor

P1000246

Pipeta, graduadada, aforada o automatica.

 

http://www.labotienda.com/imagenes/fotos/liquid/66632xxx.jpg

Refractometro manual o automatico, medir los grados Brix

P1000234Hidroxido sodico 0.1 NP1000241

Bureta manual  o Bureta digital con agitador magnetico para botella

P1000243

Índice de madurez

Los cítricos, son frutos en los que predominan en su composición, los glúcidos (glucosa y sacarosa). Al no contener almidón, no cabe la posibilidad, de que se transforme en azúcares más simples durante el estocaje o la conservación, por lo cual no pueden mejorar su calidad interna. Tal como se recolectan llegan al consumidor. Únicamente los limones, una vez recolectados, aumentan con el tiempo la cantidad de zumo.

La forma más habitual, de medir la madurez interna de un fruto cítrico, es mediante el índice de madurez (IM):

IM = E / A

E = ºBrix indicados en el refractometro

A= (cc de NaOH x 0,128)

Donde E, corresponde a la mayor parte de sólidos solubles del zumo, compuesto por azúcares mayoritariamente. Se mide con un refractómetro y se expresa en grados Brix.

El parámetro A, corresponde a la mayor parte de acidez del zumo, expresado en gramos de ácido cítrico por litro de zumo. Se mide mediante la valoración con NaOH (0,1 N), utilizando fenoltaleína como indicador.

Por qué multiplico por 0,128

Determinar la acidez de un zumo es fijar la riqueza en acidos expresándola en un número de gramos contenidos en un litro del mismo. la determinación de esa acidez se hace por volumetría; esto es neutralizando la solución acida mediante un alcalí, en este caso hidróxido sódico 0,1 N. Cada cc de hidróxido sódico 0,1 N contiene 0,004 gramos. de este cuerpo, y cada centímetro cúbico de ácido cítrico también 0,1 N, 0,0064 gramos de éste. El ácido cítrico es el metílico-3 pentanol-3 dióxico, cuya fórmula es

CH2 – COOH
|
COH – COOH
|
CH2 – COOH

Es tribasico y cuyo peso molecular es 192,124  luego

192,124/3= 6,4041 gr por litro es el contenido de ácido en una solución 0,1N.

Si tomamos 5 cc entonces dividiremos esa cantidad por 500

6,4041/500= 0,01280008 es decir 0,0128 por cc osea reducido a litros 12,8 para obtener el número de gr contenidos en el litro.

Este es un sistema rápido para conocer, con bastante precisión, la madurez interna de los cítricos.

Indicamos a continuación, para las distintas variedades, el IM mínimo exigidos para su comercialización:

  • – Satsumas, naranjas (tempranas y de media campaña) → E/A = 6.0
  • – Clementinas y naranjas tardías → E/A = 6.5
  • – Mandarina Fortune → E/A = 8.0

Porcentaje de zumo

La cantidad de zumo en los frutos cítricos, para su comercialización, vienen determinada por los siguientes parámetros:

  • – Clementinas → 40%
  • – Satsumas, naranjas y mandarinas híbridas → 33%
  • – Limones → 20%

Índice de color en cítricos (ICC)

El hecho de que el consumidor, asocie la madurez de los frutos, con el color de los mismos, ha dado lugar a que comercialmente, se haya fijado, un IC mínimo para cada variedad

Sin embargo, la coloración de los cítricos, es independiente de su madurez interna, ya que en ella influyen factores geográficos, climáticos y prácticas culturales, que afectan no sólo al color sino también al IM.

Por otra parte, la sensación de color, depende de numerosos factores: intensidad de la iluminación, forma geométrica del objeto y factores subjetivos como la capacidad de visión, estado de ánimo, poder de fijación del observador, etc.

En realidad, en el color externo de los cítricos, coexisten clorofilas y carotenoides. En los frutos verdes, los carotenoides se hallan enmascarados por el verde intenso de las clorofilas y a medida que avanza la maduración, se van degradando las clorofilas y se incrementa la síntesis de carotenoides, estos procesos son simultáneos, pero a la vez independientes.

¿Cómo puede medirse el color?

– Por apreciación visual directa, que para llevarla a cabo, se realiza con la colaboración de varias personas, para corregir los factores subjetivos que hemos comentado.

– Mediante colorímetros, que se basan en:

  • o Sistemas de coordenadas básicas (X Y Z)
  • o Sistemas CIE de cromaticidad
  • o Sistemas basados en colores opuestos
    • ” Sistema CIELAB
    • ” Sistemas HUNTER Lab

– Escalas basadas en los sistemas colorímetros. Uno de los sistemas más utilizados es el de HUNTER Lab.

De todas las formas, el sistema más práctico, es la comparación de los frutos con escalas preestablecidas, que corresponden a tonos de color aceptados generalmente, ya que los colorímetros no están, en la mayoría de los casos, al alcance técnico ni económico de los almacenes.

Referencias de índices de color (Fuente: IVIA)

Cítricos Limones
Verde intenso IC < -7 IC ≤ -10
Predomina el verde -7 < IC < 0 -5 < IC < 0
Predomina el amarillo 0 < IC < +7 IC ≈ 0
Color comercial IC ≥ 6 0 < IC < +5

* Valores medidos con un colorímetro Minolta y aplicando IC = 1000·a / L·b

P1000235P1000236

Normas para la produccion Integrada de productos agricolas

Normas para la produccion Integrada de productos agricolas

En el ámbito nacional, la »Producción Integrada de productos agrícolas» está regulada por el Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre (BOE núm. 287 de sábado 30 noviembre 2002), que tiene por objeto:

  • El establecimiento de las normas de producción y requisitos generales que deben cumplir los operadores que se acojan a los sistemas de producción integrada. En ellas se establecen, dentro de cada fase del ciclo productivo, las prácticas consideradas obligatorias y aquellas que se prohíben expresamente.
  • La regulación del uso de la identificación de garantía que diferencie estos productos ante el consumidor.
  • El reconocimiento de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura, para el fomento de dicha producción.
  • La creación de la Comisión Nacional de Producción Integrada encargada del asesoramiento y coordinación en materia de producción integrada.

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Desarrollo normativo del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre. Normas técnicas específicas de cultivos

Normas técnicas específicas de cultivos

Normas horizontales

ORDEN APA/1/2004, de 9 de enero, por la que se establece el logotipo de la identificación de garantía nacional de producción integrada

Mejor momento para recolectar una naranja mandarina limon pomelo

Mejor momento para recolectar una naranja mandarina limon pomelo

El mejor momento de recolectar un citrico depende de tres factores principales:

1) Que tenga el máximo de volumen de zumo caracteristico de esa variedad

Como se si mis citricos tienen el máximo de volumen de zumo caracteristico de esa variedad? Es lo primero que debo de averiguar en http://www.ivia.es/variedades/ buscaré la variedad y averiguaré su porcentaje de zumo.

Ahora cogeré varios frutos al azar en el arbol, 15-20 frutos, los pesaré, los exprimiré y los volvere a pesar, por un lado el zumo y por otro la corteza, con eso sabré en que porcentajes de zumo están mis frutos, a mas zumo, mas peso, mas kilos y mas rentabilidad.

La cantidad de zumo en los frutos cítricos, para su comercialización, vienen determinada por los siguientes parámetros:

  • – Clementinas → 40%
  • – Satsumas, naranjas y mandarinas híbridas → 33%
  • – Limones → 20%

2) Que el color sea lo mas atractivo posible

Es bien conocido que la corteza del fruto y el fruto maduran de manera independiente.

¿Cómo puede medirse el color de un citrico?

– Por apreciación visual directa, que para llevarla a cabo, se realiza con la colaboración de varias personas, para corregir los factores subjetivos que hemos comentado.

– Mediante colorímetros, que se basan en:

  • o Sistemas de coordenadas básicas (X Y Z)
  • o Sistemas CIE de cromaticidad
  • o Sistemas basados en colores opuestos
    • ” Sistema CIELAB
    • ” Sistemas HUNTER Lab

– Escalas basadas en los sistemas colorímetros. Uno de los sistemas más utilizados es el de HUNTER Lab.

De todas las formas, el sistema más práctico, es la comparación de los frutos con escalas preestablecidas, que corresponden a tonos de color aceptados generalmente, ya que los  colorímetros no están, en la mayoría de los casos, al alcance técnico ni económico de los almacenes.

Referencias de índices de color (Fuente: IVIA)

Cítricos Limones
Verde intenso IC < -7 IC ≤ -10
Predomina el verde -7 < IC < 0 -5 < IC < 0
Predomina el amarillo 0 < IC < +7 IC ≈ 0
Color comercial IC ≥ 6 0 < IC < +5

Tabla color 2Cuando esto ocurre, es decir el % de azucares en el fruto es el adecuado para su recolección pero el fruto todavia está verde podemos acudir a las técnicas de desverdización jugando con la temperatura y el etileno, forzando el viraje del color, mediante la descomposición de las clorofilas y la sintesis de los carotenoides. Para que los cítricos cambien de color se deben dar los saltos térmicos necesarios para la oxidación de la clorofila, es decir la pérdida del color verde y la aparición de los colores naranjas y rojos, es decir la síntesis de carotenoides. Para que este efecto comience a producirse las temperaturas medias deben superar los 22º y disminuir por debajo de los 18º.

A continuación pongo las recomendaciones que Dña. Alejandra Salvador del Centro de Postcosecha del IVIA recomienda.

Tabla color 4Tabla color 3A continuación os pongo la tabla de colores para mandarina completa

Tabla color mandarina

Podeis ver en este post  que nos dice la norma de calidad de citricos frente al color de los citricos. https://www.tecnicoagricola.es/requisitos-de-calidad-en-color-para-frutos-citricos/

Resumiendo el color es importantisimo en la comercialización hay existen calibradores automaticos de color con una precisión alucinante, si este no se ha alcanzado, podemos desverdizar los frutos.

Cefrupal (Chile)´04 024

3) Que el Indice de madurez sea el adecuado

Que es el índice de madurez? Por qué es importante?

Que una naranja aparte de ser bonita esté buena es fundamental, y… como calificariamos que esté buena? bueno pues hay una relación entre lo dulce y lo acido, que digamos es agradable, lo que se salga de esos parametros resulta desagradable. La grafica llamada «Lengua de Pritchett» marca esos valores.

pritchettSi nuestros valores se situan dentro de la lengua resultaran agradables sino no. Debemos pues hacer que esten ahí dentro, este será parte de nuestro exito comercial.

¿Que es el indice de madurez?

Los cítricos, son frutos en los que predominan en su composición, los glúcidos (glucosa y sacarosa). Al no contener almidón, no cabe la posibilidad, de que se transforme en azúcares más simples durante el estocaje o la conservación, por lo cual no pueden mejorar su calidad interna. Tal como se recolectan llegan al consumidor. Únicamente los limones, una vez recolectados, aumentan con el tiempo la cantidad de zumo.

P1000234Refractómetro automatico, midel el % de azucares en un líquido

Refractómetro manual, más básico pero efectivo y práctico

La forma más habitual, de medir la madurez interna de un fruto cítrico, es mediante el índice de madurez (IM):

IM = E / A

E = ºBrix indicados en el refractometro / (cc de NaOH x 0,128)

Donde E, corresponde a la mayor parte de sólidos solubles del zumo, compuesto por azúcares mayoritariamente. Se mide con un refractómetro y se expresa en grados Brix.

El parámetro A, corresponde a la mayor parte de acidez del zumo, expresado en gramos de ácido cítrico por litro de zumo. Se mide mediante la valoración con NaOH (0,1 N), utilizando fenoltaleína como indicador.

Que es la fenoftaleina?

Podeis verlo en la wikipedia pero basicamente es un indicador de color que cambia de color a determinado pH, osea acidez. Si medimos la cantidad de alcali que necesitamos sabremos que acidez tenemos

Indicamos a continuación, para las distintas variedades, el IM mínimo exigidos para su comercialización:

  • – Satsumas, naranjas (tempranas y de media campaña) → E/A = 6.0
  • – Clementinas y naranjas tardías → E/A = 6.5
  • – Mandarina Fortune → E/A = 8.0

Para mas profundidad sobre el indice de madurez ver este post especifico

Un ejemplo

1) Cojo el zumo de una mandarina mido sus º Brix en el refractometro y me da 16º Brix

2) Pongo en un vaso 5 ml de zumo, ayudandome de una pipeta y le añado una gota de fenoftaleina.

3) En ese vaso voy echado NaoH 0,1 Normal y mido cuanto tengo que echar hasta el viraje de color, apunto ese dato, por ejemplo 20 ml.

Pues bien es muy sencillo, el índice de madurez (IM):

IM = E / A

E = ºBrix indicados en el refractometro

A= (cc de NaOH x 0,128)

IM= 16 / (20 x 0,128) = 6,25

Nuestro indice de madurez será 6,25 sin unidades el IM no tiene unidades.

¿Por qué multiplico por 0,128?

Determinar la acidez de un zumo es fijar la riqueza en acidos expresándola en un número de gramos contenidos en un litro del mismo. la determinación de esa acidez se hace por volumetría; esto es neutralizando la solución acida mediante un alcalí, en este caso hidróxido sódico 0,1 N. Cada cc de hidróxido sódico 0,1 N contiene 0,004 gramos. de este cuerpo, y cada centímetro cúbico de ácido cítrico también 0,1 N, 0,0064 gramos de éste. El ácido cítrico es el metílico-3 pentanol-3 dióxico, cuya fórmula es

CH2 – COOH
|
COH – COOH
|
CH2 – COOH

Es tribasico y cuyo peso molecular es 192,124  luego

192,124/3= 6,4041 gr por litro es el contenido de ácido en una solución 0,1N.

Si tomamos 5 cc entonces dividiremos esa cantidad por 500

6,4041/500= 0,01280008 es decir 0,0128 por cc osea reducido a litros 12,8 para obtener el número de gr contenidos en el litro.

Este es un sistema rápido para conocer, con bastante precisión, la madurez interna de los cítricos.

Por si alguien no lo tiene todavia claro le pongo un video

[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=3qw_Xk-q1Mk&feature=share&list=UUt5ZpOAh1m98Q7aiUi0wZSA[/youtube]

Norma específica peritacion de siniestro en citricos

 Norma específica peritacion de siniestro en citricos

1. Marco legal

La presente Norma Específica ha sido dictada como desarrollo de la Norma General de Peritación vigente.

2. Objeto de la norma

Esta Norma se dicta con la finalidad de establecer las líneas de actuación que deben tenerse en cuenta en la peritación de los daños ocasionados sobre las producciones de cítricos amparadas por el Seguro Agrario Combinado.,

3. Ámbito de la norma

La presente Norma será de aplicación para la evaluación de los daños producidos por los riesgos amparados en las producciones de Naranjo Dulce (Citrus sinensis, Osbeck), Naranjo Amargo (C. aurantium), Mandarino (C. reticulata Blanco), Limonero (C. limon, Burn) y Pomelo (C. paradisi, Macfarlane), así como los híbridos incluidos en el Plan de Seguros Agrarios.

4. Definiciones

A efectos de aplicación de la presente Norma, además de las definiciones recogidas en la Norma General, son de aplicación las definiciones que a efectos del seguro se fijan en las Condiciones Especiales.

5. Procedimiento a seguir para la peritación de daños

El procedimiento para la peritación de daños se realizará en dos fases:

Inspección Inmediata y Tasación.

5.1 Inspección Inmediata:

Como ampliación a lo expuesto en la Norma General de Peritación, el acto de Inspección Inmediata constará de dos fases:

a) Comprobación de documentos.

En esta fase se revisarán los datos reseñados en la declaración de seguro, y se cotejarán con los reflejados en la declaración de siniestro enviada por el asegurado o su representante.

Excepcionalmente, esta revisión y comprobación de documentos se podrá realizar, también, a lo largo del proceso de peritación.

b) Inspección práctica o de campo.

En esta fase se realizarán las comprobaciones necesarias, en cada parcela, que deben tenerse en cuenta para la verificación y cuantificación posterior de los daños.

En el documento de Inspección Inmediata, además de las observaciones y comprobaciones que se indican en la Norma General de Peritación, se deberán constatar para cítricos, si fuera conveniente y posible en tal momento, las siguientes:

1. Identificación de las parcelas siniestradas; comprobación de la superficie, especie, cultivar, variedad y estado fenológico.

2. Estimación de la capacidad productiva de la parcela, sobre la base de:

– Condicionantes de la explotación (homogeneidad, estado cultural, condiciones edáficas…).

– Número de árboles y estratificación, según capacidad productiva (edad, inducción floral, estado sanitario, porte del árbol, portainjertos…).

– Información sobre la historia productiva de la parcela.

3. Estimación de la producción real esperada en la parcela, si el estado del cultivo lo permite.

4. Estimación de la afección del siniestro sobre el producto asegurado, delimitando su intensidad.

En particular, para siniestros de pedrisco acaecidos antes de la caída fisiológica, se podrá utilizar la siguiente clasificación de intensidades de daño:

K Alta: Existencia de defoliación intensa, daños en madera, afección intensa y alto porcentaje de frutos afectados de los árboles.

K Media: Existencia de defoliación media, leve daño en madera y afección media, tanto en número de frutos afectados de los árboles como en intensidad de los mismos.

K Baja: Leve defoliación, sin daño en madera, e intensidad leve en los frutos de los árboles.

Estas intensidades podrán servir de apoyo para la determinación de los daños en cantidad, si existieran, posponiendo la cuantificación de daños en calidad a la tasación definitiva.

Para siniestros ocurridos después de la caída fisiológica, la cuantificación de los daños en cantidad se realizará por conteo directo de frutos en el suelo.

En caso de siniestros de pedrisco posteriores al 15 de junio y que no produzcan daños en cantidad, previo acuerdo con el asegurado, se diferirá la peritación y valoración de los daños a momento posterior, es decir, se realizará sólo la Tasación Definitiva.

5. Fecha prevista de recolección.

En caso de que tuviese lugar un siniestro que presente características excepcionales por su intensidad, extensión y/o época de ocurrencia, la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (en adelante Agroseguro o Agrupación) podrá, previa autorización de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (en adelante ENESA) y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y conocimiento del Consorcio de Compensación de Seguros, Organizaciones Profesionales Agrarias y Cooperativas, sustituir la realización de la inspección inmediata por otros procedimientos que, de forma más global, permitan determinar la incidencia de los daños sobre la producción. Dichos procedimientos se fundamentarán, en todo caso, en visitas a las zonas siniestradas por parte de los peritos designados por Agroseguro y de los asegurados o sus representantes, consignándose los resultados de las mismas en un documento en el que se hagan constar las observaciones que se estimen pertinentes, y que deberá ser suscrito por ambas partes.

5.2 Tasación:

La tasación de los daños causados por un siniestro, con carácter general, se efectuará antes de la recolección.

K Cuando ello no fuera posible, si el asegurado hubiera procedido a la recolección, se deberá comprobar que las muestras dejadas para la tasación reúnen las condiciones de representatividad determinadas en las Condiciones Generales de los Seguros Agrícolas, en las Especiales que regulan este Seguro, y lo establecido en la presente Norma. Si ello no fuera así, se suspenderá la tasación aplicando lo dispuesto en dichas

Condiciones.

Orientativamente, y aunque la época de recolección difiere según la ubicación geográfica de la plantación, ésta será, dependiendo de las variedades, la siguiente:

– Primeros de septiembre: variedades tempranas.

– Mitad de octubre: variedades de media estación.

– Mitad de enero: variedades tardías.

Para la realización de la tasación se seguirán los siguientes pasos:

5.2.1 Muestreo:

La evaluación de los daños y la determinación de la producción real esperada y real final de la parcela se realizará sobre muestras tomadas mediante sistema aleatorio simple, sistemático o estratificado, si fuese procedente. En aquellos casos en los que se presente gran heterogeneidad en los árboles de la parcela, el muestreo podrá ser dirigido.

Se considera unidad de muestreo el árbol completo.

Elección de muestras. Para la toma de muestras se tendrán en cuenta los siguientes puntos:

a) Excluir todos los árboles de la población comprendidos en las dos primeras filas que delimitan el contorno de la parcela y líneas colindantes a elementos permanentes del interior de la misma, excepto cuando éstas constituyan una proporción importante de la parcela o de la parte dañada de la misma, en cuyo caso las muestras se repartirán proporcionalmente al número de individuos de la población existente en cada estrato.

b) Se excluirán, igualmente, aquellos árboles que no sean representativos del conjunto muestreado.

c) Si en una parcela coexistieran variedades o especies distintas, los muestreos se realizarán independientemente para cada una de ellas.

d) En el caso de procederse a un muestreo aleatorio estratificado, las muestras se distribuirán proporcionalmente al número de individuos de la población existente en cada estrato.

e) Las muestras mínimas a tomar se establecerán en función de los siguientes estratos de producción asegurada por parcela:

Sin título-1A partir de 80.000 kg, por cada incremento de 30.000 kg se tomará una muestra más para el daño y dos más para el aforo.

Número mínimo de frutos por unidad muestral:

a) Para daños en cantidad:

Los derribados por el siniestro cubierto y los presentes en el árbol.

b) Para daños en calidad:

a) Helada: 60 frutos, tomados proporcionalmente a la distribución de la fruta en el árbol.

b) Resto de los riesgos: 80 frutos, tomados proporcionalmente a la distribución de la fruta en el árbol.

No obstante, si el perito designado por Agroseguro y el asegurado o su representante llegaran a un acuerdo durante la realización de la tasación, se podrá dar por finalizado el muestreo.

5.2.2 Muestras testigo:

Como ampliación a lo dispuesto en la Norma General de Peritación sobre muestras testigo, si la tasación de los daños no se hubiese realizado, o no se hubiera llegado a un acuerdo, y el asegurado tuviera que proceder a la recolección, deberá dejar muestras testigo con las siguientes características:

– Árboles completos sin ningún tipo de manipulación posterior al siniestro.

– El tamaño de las muestras testigo será como mínimo del 5% del número total de árboles de la parcela siniestrada, con un mínimo de 3 árboles para parcelas con menos de 60 árboles.

La distribución de los árboles elegidos para formar la muestra testigo en la parcela deberá ser uniforme, dejando un árbol de cada 20, a partir de uno elegido aleatoriamente, y contabilizando en todas las direcciones.

– Las muestras deberán ser representativas del conjunto de la población y reflejar, proporcionalmente, las distintas variedades o cultivares existentes en las mismas.

Como ampliación a lo dispuesto en la Norma General de Peritación sobre muestras testigo, si el perito de la Agrupación no hubiera realizado la tasación de la parcela siniestrada y se hubiera procedido a la recolección, el asegurado deberá prestar cuantos cuidados sean necesarios para el mantenimiento de las muestras, hasta la realización de la tasación, durante un plazo máximo de veinte días desde el final de la recolección, siempre y cuando la declaración de siniestro se haya recibido en la Agrupación antes del inicio de la recolección.

Para aquellas declaraciones de siniestro que se reciban en la Agrupación durante la recolección o en fechas posteriores a la misma, el asegurado está obligado a mantener las muestras testigo veinte días, contados a partir de la fecha de la recepción de la declaración de siniestro por la Agrupación.

Si se hubiera iniciado el procedimiento de tasación contradictoria, el asegurado estará obligado, en todo caso y hasta su finalización, al mantenimiento de las muestras testigo.

Si los árboles dejados como muestras hubiesen perdido su representatividad en este período por causas imputables al asegurado, se estará a lo dispuesto en las Condiciones Generales y Especiales.

Para la evaluación de los daños en parcelas en las que se hayan dejado las muestras testigo con las características anteriores, se seguirán los mismos criterios de muestreo que los reflejados en el apartado 5.2.1 de esta Norma.

5.2.3 Daños en cantidad:

En aquellos casos en los que el siniestro o los siniestros hayan ocurrido antes de que en la parcela se haya producido la caída fisiológica (también denominada purga, escombrá o porgá), la pérdida en cantidad se valorará como diferencia entre la producción real esperada y la producción real final de la parcela. La producción real final se obtendrá a partir del conteo o pesaje de los frutos existentes en los árboles elegidos como muestra.

Siempre que el siniestro se produzca después de que la parcela haya superado la fase de caída fisiológica, los daños en cantidad se obtendrán a partir del conteo directo o pesaje de los frutos perdidos o destruidos, respecto del total de los frutos existentes en el árbol, obteniéndose un valor final como media aritmética de las muestras.

Cuando no sea factible contabilizar los frutos caídos, las pérdidas se determinarán por diferencia entre la producción real esperada estimada y la producción real final.

Los frutos caídos susceptibles de aprovechamiento industrial, de acuerdo a lo que establezcan las Condiciones Especiales, se considerarán dañados en un 90%.

El daño causado por un siniestro se medirá sobre la producción real esperada del cultivo asegurado, expresándose en un porcentaje de la misma.

5.2.4 Daños en calidad:

La valoración de estos daños se realizará, sobre los árboles elegidos como muestra, de la siguiente forma:

1. Se tipificarán los frutos existentes en el árbol según la sintomatología del daño, de acuerdo con los grupos que figuran en las tablas, dependiendo de la especie siniestrada. No se considerarán en esta valoración, los cítricos no comercializables por causas no amparadas por el seguro.

2. La pérdida en calidad se fijará, inicialmente, en un porcentaje de la producción existente en la parcela, aplicando los baremos que figuran en las tablas; siendo necesario, a continuación, su cuantificación porcentual respecto a la producción real esperada.

3. La pérdida en calidad así obtenida se multiplicará por un factor K, de valor máximo 1, que asimila toda la producción a una categoría única y que se obtendrá, por aplicación de los coeficientes de conversión que figuran en la Tabla I, de la siguiente manera:

– Se clasificarán los frutos del árbol o árboles elegidos de mutuo acuerdo en las calidades indicadas en la Tabla I, haciendo abstracción, en su caso, de los daños producidos por los riesgos cubiertos.

– El porcentaje de frutos, respecto del total existente de cada calidad, se multiplicará por su correspondiente coeficiente, siendo el factor K el resultado de sumar los anteriores productos.

Este factor se aplicará cuando las características de la producción de la parcela afectada sea inferior a la calidad media que debe reunir la producción de una parcela «tipo» de la misma especie y variedad, obtenida según el buen quehacer del citricultor en la comarca.

A título orientativo, deberá aplicarse el factor K cuando coexistan factores que puedan afectar a la calidad de los frutos, no imputables al riesgo cubierto, como por ejemplo:

K Deficiente estado sanitario y cultural de la parcela.

K Falta de desarrollo, coloración… de los cítricos para la variedad así muestreada.

K Defectos en el fruto como manchas, heridas, deformaciones, daños de plagas y enfermedades.

5.2.5 Deducciones y compensaciones:

El cálculo de las deducciones, cuando procedan, se efectuará de mutuo acuerdo. No obstante, la deducción por aprovechamiento industrial se realizará de acuerdo con lo recogido en las correspondientes tablas.

Igualmente se pactarán las compensaciones a que hubiera lugar, conforme a lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Seguro, si se han realizado y proceden.

5.2.6 Cálculo de la Producción Real Esperada:

Para la obtención de la producción real esperada de una parcela de cítricos podrán seguirse los siguientes criterios:

1. En siniestros tempranos que afecten a los primeros estados, antes de que la parcela haya alcanzado el estado fenológico «frutos cuajados», en la inspección inmediata se podrá estimar únicamente la capacidad productiva de la parcela. Para realizar dicha estimación se podrá utilizar la historia productiva de la parcela, u otros datos, como elemento de referencia. En la tasación definitiva se ajustará la capacidad productiva a la real esperada como consecuencia de las condiciones climáticas, vegetativas, estado sanitario y cultural existente en este año, deduciendo las pérdidas ocasionadas por siniestros no amparados por el seguro.

2. En siniestros ocurridos después del estado fenológico «frutos cuajados», la producción real esperada se fijará en función de la producción media de las muestras tomadas en cada uno de los estratos. Esta producción media será el resultado de aplicar al número medio de frutos por árbol, su peso medio.

– No se considerará como producción real esperada aquella parte de la misma que no pueda comercializarse legalmente, por incumplimiento de las Normas de Calidad vigentes para Cítricos, por causas no imputables a los riesgos garantizados.

Sin título-2

Tabla II. Daños en calidad

El método de campo utilizado es la cuantificación del grado de deterioro físico que los riesgos provocan en los frutos de cítricos.

Para la cuantificación se procederá a la observación externa e interna del fruto, asignándole a continuación de acuerdo con su sintomatología, los coeficientes de depreciación de los baremos que se exponen a continuación.

II.1 Tabla de depreciación para valorar los daños provocados por los riesgos de pedrisco y viento, en todas las especies.

Sin título-3Sin título-4Sin título-5