Descripcion de la explotacion asesorada en Gestion Integrada de plagas

Descripcion de la explotacion asesorada en Gestion Integrada de plagas

No dude en consultarnos 963252569 Asesoria en Produccion Integrada inscrita en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO)

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Este documento deberá constar de tres apartados, el primero de ellos deberá incluir un listado de las parcelas que componen la explotación, en el segundo de ellos se procederá a realizar una evaluación de las posibles incidencias fitosanitarias de la explotación y en el tercero se realizará una evaluación de riesgo medioambiental en la utilización de productos fitosanitarios en la explotación. Los contenidos mínimos de dichos apartados deben ser:

A) DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA EXPLOTACIÓN
En este apartado deberá incluirse un listado con las parcelas que componen la explotación, en el que se incluirá la siguiente información:

1) Datos SIGPAC:

  • – Número de Orden (A cada una de las parcelas y/o recintos de la explotación se le asignará un número correlativo)
  • – Provincia
  • – Municipio
  • – Polígono
  • – Parcela
  • – Recinto
  • – Superficie SIGPAC
  • – Uso SIGPAC

2) Datos de la parcela:

  • – Superficie cultivada
  • – Especie
  • – Variedad
  • – Sistema de riego utilizado
  • – Aire libre y/o Invernadero (cultivo protegido)

3) Datos de la maquinaria y del aplicador:

  • – Tipo de maquinaria de aplicación
  • – Número de inscripción en el ROMA de la máquina de aplicación
  • – Fecha de adquisición de la máquina o de la última inspección
  • – Número de inscripción en el ROPO del usuario profesional que aplique los tratamientos en la explotación

B) INCIDENCIAS FITOSANITARIAS DE LA EXPLOTACIÓN
1.- Para cada cultivo objeto de asesoramiento se fijará el listado de plagas, enfermedades y malas hierbas que previsiblemente pudieran ocasionar daños.
2.- Para cada plaga, definida en el apartado anterior, se fijaran cuales de las medidas de las establecidas en la correspondiente Guía del Cultivo (basadas en los puntos 1 y 4 del anexo I del R.D. 1311/2012), se adoptaran en cada parcela ocupada por un cultivo objeto de asesoramiento. En caso de no ponerse en práctica ninguna de las 5 medidas culturales, físicas, biológicas, y otras no químicas establecidas en la Guía del Cultivo, deberá justificarse razonadamente.
3.- Para cada plaga o enfermedad se establecerán las condiciones que deberán de darse para justificar las aplicaciones químicas (superación del umbral establecido, condiciones meteorológicas, estado fenológico del cultivo, etc.)

C) EVALUACION DE RIESGO MEDIOAMBIENTAL EN LA UTILIZACION DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
Se debe realizar una evaluación previa del riesgo que puede suponer la utilización de los productos fitosanitarios de la explotación.
En el caso de encontrarse la explotación en una zona sometida a algún tipo de protección medioambiental regulados en los capítulos VII y VIII del Real Decreto se realizará una evaluación del riesgo que puede suponer la utilización de los productos fitosanitarios, y por tanto la memoria deberá contener:

1) Delimitación de las zonas de la explotación sometidas a protección:

  • – Relación de los puntos o áreas sometidas a protección, cuantificando la superficie afectada
  • – Tipo de condicionamiento ambiental al que se ve afectado
  • – Parcelas colindantes o enclavadas dentro del área sometida a protección

2) Descripción de los posibles riesgos medioambientales en el uso de los productos fitosanitarios:

  • – Especies en peligro, si las hubiere
  • – Catalogación de las masas de agua y puntos de captación en base a su  aprovechamiento.
  • – Descripción de los posibles riesgos

3) Medidas propuestas para la mitigación del riesgo respecto al empleo de
productos fitosanitarios en estas áreas:

  • – Categoría toxicológica de los productos a emplear
  • – Establecimiento de medidas de control no químico
  • – Establecimiento de bandas de seguridad
  • – Establecimiento de dispositivos de eliminación de efluentes
  • – Barreras o setos de contención
  • – Empleo de maquinaria o sistemas de baja deriva
  • – Zonas refugio (si existen) para fauna auxiliar y polinizadores
  • – Puntos más cercanos de recogida de envases de fitosanitarios

Modelo de contrato en Asesoramiento de Gestion Integrada de plagas

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D. ______________________________________________________ con N.I.F.
________________, y número de inscripción _____________ en el Registro Oficial de
Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO) en el apartado de asesores, teléfono ____________ y correo electrónico ____________________, como
asesor de la empresa ____________________________________ con N.I.F./C.I.F.
________________. Declara realizar el asesoramiento en la gestión integrada de plagas,
de acuerdo con lo indicado en el Artículo 11 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, para las parcelas que se enumeran en el documento de descripción de la explotación asesorada (adjunto), de la explotación agraria con domicilio social en ______________________, siendo el responsable de la gestión o el representante legal de la empresa (____________________________________ con
C.I.F.__________) D. _________________________________________ con N.I.F. ___________.

Igualmente el responsable de la explotación o representante legal de la empresa que la gestiona, declara estar conforme con la contratación de este servicio.

En ___________________ a ____ de ________ de ____

El Técnico Asesor El responsable de la explotación o representante legal de la empresa que la gestiona

Fdo.: _________________ Fdo.: _________________

USO_SOSTENIBLE_de_productos_en GIP1

USO_SOSTENIBLE_de_productos_en GIP2

Asesoramiento en Gestion Integrada de plagas

Asesoramiento en Gestion Integrada de plagas

Este 2014 tenemos el objetivo de realizar en la mayoria de nuestros cultivos la gestión integrada de plagas.

Ello conlleva el asesoramiento técnico de un profesional competente, en este despacho estamos a vuestra disposición para realizar ese asesoramiento, podeis llamarnos sin compromiso al 963252569.

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Gestion integrada de plagas

Para el control de dicho asesoramiento es necesaria la siguiete documentación:

Artículo 11 del Real Decreto 1311/2012

De conformidad con el artículo 11 del Real Decreto 1311/2012 (de ahora en adelante RD) por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, es necesario que el Comité Fitosanitario Nacional apruebe el contenido de la documentación que se va a exigir para el asesoramiento.
El artículo 16 del RD, relativo al registro de los tratamientos fitosanitarios, establece la obligación para todas las explotaciones agrarias de mantener actualizado dicho registro con la información contenida en la parte I del ANEXO III. Dado que el contenido de la documentación exigida para el asesoramiento contiene toda la información requerida en el citado anexo, se considerará que las explotaciones para las que se cumplimente dicha documentación, ya cumplen con lo indicado en el citado artículo 16 del RD, realizándose para ello una mención específica a la remisión al cuaderno de explotación.
Por lo tanto, el asesoramiento en materia de Gestión Integrada de Plagas (GIP) quedará justificado mediante los siguientes documentos:

· CONTRATO DE ASESORAMIENTO:

Acredita la relación contractual y la existencia de un compromiso de asesoramiento especifico en materia de GIP entre el asesor y productor. El contenido mínimo del contrato de asesoramiento se encuentra incluido en el ANEXO I del presente documento.

· DESCRIPCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN ASESORADA:

En la cual se realizaría una identificación y descripción exhaustiva de la explotación, y en concreto de las principales incidencias fitosanitarias. Dicho documento constará de un apartado de descripción general de la explotación, de un apartado específico de la evaluación del estado fitosanitario de la explotación y de una evaluación del riesgo medioambiental de la utilización de productos fitosanitarios. Los contenidos mínimos de la memoria descriptiva se encuentran indicados en el ANEXO II  del presente documento.

· REGISTRO DE ACTUACIONES FITOSANITARIAS

En el que se reflejará cualquier modo de intervención fitosanitaria realizada en la parcela, todas las actuaciones fitosanitarias deberán realizarse por parte del agricultor, previa indicación de las mismas por parte del asesor. Un modelo de este documento se refleja en el ANEXO III del presente documento.
Los dos primeros documentos solo será necesario cumplimentarlos una vez al inicio del asesoramiento, siempre y cuando no se produzcan modificaciones en la estructura, condicionantes o calificación medio ambiental al que se ve sometida la explotación o cambios en la problemática fitosanitaria de la explotación.

Como consecuencia de los controles que el asesor lleve a cabo, basándose en las informaciones de las redes de vigilancia fitosanitaria que puedan establecerse, en la fenología del cultivo, en las condiciones climáticas, etc., el asesor comunicará al responsable de la explotación la medida de control fitosanitario que deba llevarse a cabo. En el momento en el que se aplique la medida indicada por el asesor, el responsable de la explotación lo registrará en el documento de registros de actuaciones fitosanitarias del ANEXO III. Dicho documento deberá ser validado por el asesor al menos dos veces, una de ellas durante el ciclo de cultivo y otra al final del mismo, mediante estas dos validaciones el asesor manifiesta su conformidad o no, con las intervenciones reflejadas en el documento de registro de actuaciones fitosanitarias.

Gestion integrada de plagas 2 Gestion integrada de plagas 3

Normas para la produccion Integrada de productos agricolas

Normas para la produccion Integrada de productos agricolas

En el ámbito nacional, la »Producción Integrada de productos agrícolas» está regulada por el Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre (BOE núm. 287 de sábado 30 noviembre 2002), que tiene por objeto:

  • El establecimiento de las normas de producción y requisitos generales que deben cumplir los operadores que se acojan a los sistemas de producción integrada. En ellas se establecen, dentro de cada fase del ciclo productivo, las prácticas consideradas obligatorias y aquellas que se prohíben expresamente.
  • La regulación del uso de la identificación de garantía que diferencie estos productos ante el consumidor.
  • El reconocimiento de las Agrupaciones de Producción Integrada en Agricultura, para el fomento de dicha producción.
  • La creación de la Comisión Nacional de Producción Integrada encargada del asesoramiento y coordinación en materia de producción integrada.

Descarga del archivo

Desarrollo normativo del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre. Normas técnicas específicas de cultivos

Normas técnicas específicas de cultivos

Normas horizontales

ORDEN APA/1/2004, de 9 de enero, por la que se establece el logotipo de la identificación de garantía nacional de producción integrada

Guia de la produccion integrada

Guia de la produccion integrada

AREFLH publica una guía práctica de la producción integrada, que compila las distintas referencias y acciones de algunas Regiones Europeas y de algunos productos (F&H).

Durante varios años varias iniciativas internacionales de carácter público y privado, han suscitado un interés cada vez mayor con respecto a la mejora de los hábitos alimentarios. Ante el constante aumento de la obesidad y el sobrepeso, la Organización Mundial de la Salud recomienda el consumo de más de 400 gramos de frutas y verduras al día, y pone de manifiesto la gran diferencia que se observa entre los distintos Estados miembros de la Unión Europea que, en muchas de los casos, son inferiores al nivel recomendado.

Se convirtió en estratégico promover el consumo de frutas y verduras y llamar la atención de los consumidores sobre las características de los productos no solo en términos nutricionales y organolépticos, sino también en los sistemas de producción aplicados. Estos deben ser respetuosos con el medio ambiente y con la salud de los consumidores.

El consumidor exige garantías precisas en el momento de elegir los productos:

  • Alto grado de seguridad de los alimentos (salud e higiene),
  • Contenidos de calidad (nutricional y sabor),
  • No, residuos de plaguicidas o nitratos OGM
  • Obtenidoa por sistemas de cultivo de bajo impacto ambiental.

Para cumplir con estas expectativas, la cualificación y la racionalización de las técnicas agrícolas llevaron a la definición de prácticas «amigables» con el ambiente. Su base es la producción integrada. Estas prácticas se encuentran hoy en día su aplicación en el marco de la normativa comunitaria de referencia, lo que ayuda a su promoción y aplicación de diversos incentivos financieros.
La producción integrada representa un sistema de reglas específicas para cada cultivo, aplicado en varias etapas de la producción de un alimento vegetal. Se caracteriza por una débil impacto ambiental.
Toda la información relacionada con los métodos de cultivo se registran en un registro, y puede, en consecuencia, siempre se puede comprobar la conformidad.

Los países estudiados son Francia, España, Italia, Bélgica y Portugal.

http://www.areflh.org/index.php?option=com_content&view=article&id=22&Itemid=176&lang=es

 

Inteligencia de Negocios Técnicos Agrícolas

Gabinete Especialista en Inteligencia de Negocios en el Sector Agrario. Ingeniería y Consultoría de empresas nacionales y multinacionales, en las áreas comercial, de marketing e inteligencia de negocios, posicionamiento de productos y empresas.

Amplia experiencia en los campos de tratamientos de datos, investigación de mercados, comercial, de imagen, de comunicación y programación. Especialidad en Excel, Access y PowerBI.

  • Consultoría ERP: en clientes como ADAMA, CERTIS-BELCHIM, BAYER, BASF, CORTEVA, FMC, UPL, NUFARM, AGRODAN, DUPONT, IQV, KENOGARD, MONSANTO, SIPCAM, SYNGENTA, TRADECORP.
  • Ámbito nacional e internacional: Consolidación de datos Internacionales. Realización de cuadros de mandos de análisis de información de finanzas, ventas, producción, estadística, ERP, objetivos, etc.
  • Geomarketing : Localización espacial de datos y variables.
  • Calidad de datos: Análisis de calidad de datos y reconciliación de problemas con los datos.
  • Fuentes de datos: Identificación, adquisición y creación de fuentes de datos.
  • Resolución de problemas de integridad de datos: Revisión, identificación y corrección de incoherencias en las fuentes de datos.
  • Marketing Intelligence: MDM (Datos Maestros) / EIM (Dirección de datos empresariales) / DQ (Data Query).
  • Datos Maestros: Creación de datos de valor, creación y mantenimiento de metadatos de negocios, referencias y datos maestros.
  • Business Intelligence: Transformación de datos en información, para el gobierno y la toma de decisiones en la empresa.